Américo Vicente
01-Sep-2009

Lo básico del CRIM

Estimados lectores y lectoras de este blog. Es un agrado para mí poder contestar algunas de las preguntas realizadas por ustedes.

Estaré escribiendo sobre las dudas comunes de los contribuyentes con el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales, mejor conocido por sus siglas, CRIM.

De surgirle alguna otra pregunta sobre el sistema o relacionado al mismo, la pueden hacer llegar por este sistema y así podemos ó al menos intentaremos contestarlas para su satisfacción.

1. ¿Qué es el CRIM?

El CRIM fue creado bajo la ley #83 del 30 de agosto de 1991. Antes de crearse esta agencia Municipal, el que trabajaba estos casos era el Departamento de Haciendo del ELA.
Este sistema comienza a funcionar en el año 1993, dos años después de su creación. Esta es la entidad gubernamental que realiza los procesos de tasación, imposición, notificación y el cobro de las contribuciones sobre la propiedad, Mueble, Inmueble (entiéndase Estructuras y terrenos) y Maquinarias.

2. ¿Qué significa el termino Tasación?

El tasar una propiedad es para saber un valor a en un momento dado, circunstancia y el tipo de uso para esa evaluación. Estas tasaciones son utilizadas para préstamos hipotecarios, compraventa, herencia, para fines contributivos y otros usos. El Gobierno tasa las propiedades antes descritas para poder imponer contribuciones y por ende recaudar dinero para poder realizar diferentes obras públicas para los municipios.

3. ¿Qué significa una propiedad inmueble?

Esto consiste en todos los terrenos, todas las estructuras sobre o debajo del mismo, la maquinaria adherida al edificio o a la tierra de manera que indique permanencia. Por ejemplo, en cuanto a esta última, pudiese ser un calentador de agua, eléctrico o solar, una cisterna, un aire acondicionado o cualquier otro equipo que por su condición de uso no se este moviendo continuamente.

4. ¿Cómo se imponen las contribuciones sobre la propiedad inmueble?

Estas contribuciones se imponen a base de unos números o unitarios ya establecidos por el sistema. De aquí surgirá el valor y la contribución a pagarse por las tierras, las edificaciones y la maquinaria.

5. ¿Cómo se determina la tasación inmueble para fines contributivos?

Para estos fines se realizo un estudio y se establecieron valores unitarios que reflejaron el costo por pies cuadrado para todas las estructuras, entiéndase madera cemento acero o combinación de materiales, la tierra solares o fincas, se clasifican por su uso y localidad, bien sean residenciales, agrícolas, comerciales, industriales o cualquier otra circunstancia.

6. ¿Los costos usados unitarios a que fecha son?

El Departamento de Hacienda hizo un estudio que se llamó la tasación científica. Esta se realizó para le año 1956-57. Desde esa fecha en adelante hasta el año 2009, no se había retasado en PR. A partir de julio del 2009, el CRIM ha realizado una tasación llámese de escritorio y ha aumentado todas las propiedades tasadas un diez veces sobre el valor base anteriormente establecido por el sistema. Ej. Su propiedad esta tasada en, $10,000.00, el nuevo valor será de $100,000.00.

Gracias por leer esta columna que espero le sea útil para su beneficio. Recuerden preguntas y comentarios serán bien recibidos.  Américo Vicente, CIPS, CRS, CRB, GRI   787-615-9434 

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