IBRAHIM PÉREZ
Uno puede o no estar de acuerdo, pero el derecho constitucional de la mujer a practicarse un aborto (Roe vs. Wade 1973) y a controlar su capacidad reproductiva mediante métodos contraceptivos (Griswold vs. Connecticut 1965), son asuntos ya adjudicados judicialmente. Políticos y religiosos opositores no cesan de intentar cortarle las alas a dichas decisiones.
Tales intentos están generando fuertes controversias políticas en Estados Unidos, por lo que no nos sorprendería que se propagaran a Puerto Rico en cualquier momento.
La Reforma Obama 2010 reconoce el derecho y el libre acceso de la mujer a servicios contraceptivos. Varias legislaturas estatales republicanas han aprobado leyes que intentan limitar la capacidad de la mujer para controlar natalidad, embarazos no deseados y abortos. Virginia se convirtió recientemente en el octavo estado en exigir la realización mandatoria de un sonograma pre-aborto. Requiere que la embarazada observe la pantalla del monitor y escuche los latidos del corazón fetal, mientras el obstetra describe el feto en detalle.
Los opositores al aborto han elogiado las diferentes leyes estatales aprobadas, aduciendo que una mujer bien informada va a tomar una mejor decisión. Los favorecedores del aborto argumentan que es una intromisión indebida en la relación médico-paciente.
En enero de 2012, un tribunal de apelaciones de Louisiana revocó la inconstitucionalidad de un mandato legislativo que dictó un juez de distrito en Texas, estableciendo el apelativo que la información que provee el estudio sonográfico no es ideológica, ni engañosa. Que es valiosa, veraz y relevante durante el trascendental proceso decisional de la mujer. Que el estudio sonográfico que se exige es médicamente legítimo, aunque la razón para ello pudiese haber estado políticamente motivada.
Las decisiones médicas deben siempre mantenerse dentro de la confidencialidad y privacidad de la relación médico-paciente. Su ejecución debe estar sostenida por las creencias de ambos protagonistas, por lo que es médicamente correcto, y por las leyes y jurisprudencia vigente.
El razonamiento del panel apelativo confirma que los jueces son muy cuidadosos en que sus decisiones en el campo de la salud estén enmarcadas dentro de los estándares de cuidado establecidos por la profesión médica, y que las mismas estén estrictamente apoyadas por un consentimiento informado entre paciente y médico.
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