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Editorial de El Nuevo Día |
El festín legislativo auspiciado el pasado lunes por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, no sólo constituyó una agresión a la sensibilidad del pueblo de Puerto Rico, sino que significó además flagrantes violaciones al Reglamento del Senado sobre la Adquisición de Bienes y Servicios.
Los datos son los siguientes: el presidente senatorial decidió celebrar el aniversario 95 de la existencia del alto cuerpo legislativo con un almuerzo para 200 invitados, quienes disfrutarían de un menú “gourmet”, de alta cultura culinaria, o “haute cuisine”.
El menú incluyó sopa de calabaza acompañada con vino blanco, rabo de langosta sobre una cama de lechuga orgánica y majado de yautía con vino tinto. Para culminar, “mousse” de chocolate blanco en combinación con vino moscato dulce.
Que los suculentos platos sirvieran al presidente del Senado a manera de una caprichosa pretensión, para algunos con espíritu de derroche podría pasar. Lo que no debió pasar es que en momentos de “medicina amarga” fuera el pueblo de Puerto Rico el que tuviera que pagar $22,500 por el almuerzo. Cantidad a la que hay que agregar $52,500 que también tuvo que pagar el pueblo para que los invitados del presidente senatorial disfrutaran de una actividad suntuosa, elevando los gastos de la celebración a $75,000, una cantidad que representa más de tres veces el salario básico anual de un maestro del sistema de educación pública.
El abuso de poder y la extravagancia en el Senado constituyeron un contrasentido frente a la situación de estrechez fiscal en que se desenvuelve el Gobierno y la vida angustiosa de la familia trabajadora puertorriqueña que día tras día tiene que realizar esfuerzos malabáricos para su sustento diario.
A la inmoralidad que se escenificó en la sede senatorial tienen que agregarse las violaciones en que se incurrió para la celebración. La asesora del líder senatorial, Katy Erazo, reveló que a la empresa contratada para coordinar la actividad se le pagó por adelantado el 50 por ciento del costo total de su trabajo ($37,500 de los $75,000). La funcionaria justificó el adelanto afirmando que los contratantes “tienen que comprar los alimentos y subcontratar”.
Está errada la funcionaria. Primero, la Ley de Procedimientos Administrativos dice taxativamente que en las agencias públicas, como es el Senado, “sólo se pagará por servicios prestados”. Pero hay más: la Orden Administrativa 10-58 del Senado, de 12 de mayo de 2010, que dio paso al Reglamento #4 del Oficial Pagador del cuerpo legislativo, en su sección D del artículo 8 especifica que “todos los desembolsos que efectúe el Oficial Pagador se harán directamente a las personas naturales o jurídicas que hayan prestado los servicios o provisto los suministros”.
Pero hay todavía mucho más: el Reglamento #16 del propio Senado, en su sección XII (A), establece que “la sección de preintervención realizará una preintervención de todos los documentos desde el punto de vista reglamentario, fiscal y administrativo y recomendará el pago correspondiente al oficial pagador especial”.
Entre los documentos que debe revisar la sección de preintervención se incluye una certificación sobre “nulidad absoluta del contrato” en la que la persona o empresa contratada tiene que asegurar que “los servicios fueron prestados y el cobro no ha sido recibido”. De lo contrario, el contrato tiene que ser declarado nulo y cualquier dinero desembolsado deberá devolverse al Senado.
Tales violaciones no deberían quedar en la impunidad.