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UPR: ¿Quién responde por los daños?

El abogado Celestino Matta Méndez argumenta que la política de diálogo y negociación en la Universidad del Estado ha constituido una pérdida de tiempo

15 de mayo de 2017 - 12:07 PM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.

Desde el año 2010 quedó claramente establecido que los estudiantes universitarios carecen del  derecho a decretar una huelga para detener las labores de la Universidad. Y esta era y es la ley vigente, el estado de derecho establecido por nuestro Tribunal Supremo en el caso de UPR v. Laborde. 

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