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Puerto Rico Hoy
30 de enero de 2012
 

Peligrosa arma en la Policía

Nueva orden permite el uso de la fuerza letal contra los ciudadanos ante solo una sospecha de que estén armados

 
Díaz Colón sostuvo que las nuevas normas buscan mejorar lo que les señaló en su informe Justicia federal. (Archivo El Nuevo Día / Xavier J. Araújo)

Por Eugenio Hopgood Dávila / ehopgood@elnuevodia.com

La Policía de Puerto Rico emitió una nueva Orden General para regular cuándo sus agentes pueden usar fuerza letal y, aunque el objetivo es evitar violaciones de derechos civiles, expertos en la materia opinan que algunas de sus directrices podrían propiciar más abusos.

La nueva orden, que entra en vigor mañana, surge en momentos en que se registra un aumento marcado en el número de ciudadanos que mueren a manos de policías estatales y municipales, algunos en forma injustificada y otros no.

Según los datos provistos por el Departamento de Justicia, en los dos años pasados hubo 21 casos de ciudadanos muertos a manos de la Policía. En los cinco años anteriores, apenas se habían reportado 19 casos.

“La nueva orden tiene un propósito bien amplio, tiene definiciones, es más abarcadora y recoge todo lo que el Departamento de Justicia federal señaló que debería mejorar”, dijo el superintendente Emilio Díaz Colón.

La política que ha regido el uso de la fuerza letal por parte de los policías estatales desde 2004 fue duramente criticada en el Informe de Justicia Federal de 2011, según el cual sus normas son “obsoletas, desorganizadas y omiten estándares legales contemporáneos”.

La orden sobre cuándo el policía puede matar a alguien en legítima defensa dice que el policía puede usar fuerza letal solo “cuando razonablemente crea que dicha fuerza es necesaria para proteger al miembro de la policía u otra tercera persona de una amenaza inminente de grave daño corporal o muerte”.

Esta regla es similar a la de la orden que expira este mes, pero dos expertos en derechos civiles, los abogados Judith Berkan y William Ramírez, ven problemas en la definición de lo que sería esa “amenaza inminente” que justificaría el uso de la fuerza mortal. Antes no se definía.

La definición de la “amenaza inminente” en la nueva orden establece que es “la percepción razonable de un policía de que existe” tal grave peligro.

“Es que esa ‘percepción razonable’ del policía se presta para que el policía decida a base de sus prejuicios”, razona Ramírez, director local de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU). “El agente podría pensar que es peligroso un hombre joven, negro, que salió de un residencial público con algo en el bolsillo o en la mano, que podría ser un celular o un arma y luego dirá: le di un tiro porque percibí que estaba en peligro”, agrega Ramírez.

La definición en la nueva orden general agrega que esa “amenaza inminente” puede existir “aunque el sujeto no apunte un arma al policía”. Además, brinda como ejemplos que el grave peligro puede existir “cuando el sujeto tiene acceso a un arma”, cuando “se da a la fuga con un arma” o “huye a un lugar donde el policía perciba que el sujeto pueda tener acceso a un arma”.

Va contra la jurisprudencia

Berkan sostiene que el criterio para usar la fuerza letal “no puede ser la especulación del policía en cuanto a que el ciudadano podría tener acceso a un arma”.

“(La justificación) no puede ser que la persona meramente tenga un arma o acceso a un arma... La Policía podría entender que puede matar a alguien solo porque tiene un arma y eso no es correcto, no es la jurisprudencia vigente”.

De hecho, el propio secretario de Justicia, Guillermo Somoza, en entrevista previa a que la Policía revelara a este diario la nueva orden, coincidió en que el hecho de que alguien tenga un arma no justifica que el policía le dispare a matar.

“No. Tiene que haber circunstancias donde ese policía teme por su vida o por las personas que están al lado, por su seguridad”, dijo Somoza. “Si el (civil) le va a disparar (al policía o a otro) o le está apuntando, él tiene derecho de salvaguardar su vida y su seguridad”, agregó.

Ramírez, por su parte, consideró positivo el concepto de que se use la fuerza mínima necesaria y se aumente en forma escalonada de ser necesario. También le pareció positiva la obligación de los demás policías que presencian un abuso a intervenir para evitarlo y el compromiso de investigar a fondo todo uso de fuerza.

Por otra parte, la tendencia de alza en los casos de agentes municipales y estatales que dan muerte a ciudadanos es tal que en los pasados tres años (2009-11) hubo 27 casos. Esto es más del doble de los registrados en los cuatro años anteriores (2005-08).

A juicio de la fiscal Maricarmen Rodríguez Barea, directora de la División de Integridad Pública del Departamento de Justicia, “el aumento es consecuencia del alza en la criminalidad, pues mientras más crimen, va a haber más instancias en las que el policía va a intervenir, y allí pueden generarse situaciones en que el policía tenga que disparar o que un ciudadano resulte herido”.

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