Reglas de participación – Actívate con Dasani para Mayagüez 2010
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1. El nombre del concurso es “Actívate con Dasani para Mayagüez 2010”. El concurso comienza el 1 de marzo de 2010 y se extiende hasta el 30 de abril de 2010.
2. Este concurso es auspiciado por Coca-Cola Puerto Rico Company, con oficinas principales en 654 Ave. Muñoz Rivera, Suite 1801 Hato Rey, PR 00918. En caso de preguntas sobre esta promoción, pueden comunicarse al teléfono 787-766-1750 y libre de cargos haciendo la llamada con cargo revertido.
3. Son elegibles para participar en este concurso todas las personas naturales residentes legales en Puerto Rico; a excepción de todos los empleados y/o contratistas, empresas afiliadas y/o agencias de publicidad, relaciones públicas o promociones de: Coca-Cola Company de Puerto Rico, Bird Communications, Inc., sus agencias de publicidad, relaciones públicas o promociones, así como también sus agentes y familiares hasta el cuarto grados de consanguinidad y/o segundo de afinidad, además de toda persona que resida con ellos.hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo grado
de afinidad, además de toda otra persona que resida con ellos.
4. Para participar solo tienes que buscar los cupones con premios al instante adheridos dentro de los multiempaques de Dasani 12 onzas en diferentes cadenas de supermercados alrededor de toda la Isla.
5. Nada que comprar para participar o redimir el premio. Boletos de participación scratch & win podrán ser recogidos en las oficinas de: Coca-Cola Puerto Rico Bottlers, Urb. Industrial Minillas, Carretera #174, Lote 107, Bayamón, Puerto Rico, de lunes a viernes desde las 9 a.m. hasta las 12 mientras dure el concurso. Se entregará un boleto por persona por familia por día.
6. Los premios consisten de: 10 Pases VIP para los XXI Juegos Centroamericanos y del Caribe, 10,000 artículos deportivos: 1,640 Dasani Sport Backpack Navy Blue, 1,360 Dasani Sport Backpack Royal Blue, 2,000 Dasani Fanny Pack Azul, *5,000 Dasani MP3 Player Holder Negro de brazo (*No incluye MP3 Player) y 40,000 stickers de descuentos de 50¢ en multiempaques de 12 onzas de Dasani. Redimibile exclusivamente un cupón por cliente por compra en establecimientos participantes.
7. Los premios se otorgarán a los(as) ganadores(as), desde el 1 de marzo de 2010 hasta el 30 de mayo del 2010, de lunes a viernes desde las 9 a.m. hasta las 12 del mediodía, en las oficinas de: Coca-Cola Puerto Rico Bottlers, Urb. Industrial Minillas, Carretera #174, Lote 107, Bayamón, Puerto Rico, teléfono 787-288-6400. Debe entregar el cupon en original al momento de redimir su premio.
8. Los premios son intransferibles, no endosables y no pueden cambiarse ni redimirse en todo o en parte por su equivalente en dinero.
9. Para recibir su premio los(as) ganadores(as) deberán presentar el cupón original e identificación emitida por el Gobierno de Puerto Rico, en el caso de participantes menores de 21 años deberán acudir con sus padres y/o tutores legales, quienes suscribirán a nombre de ellos el documento. Al recoger el premio, el (la) ganador(a) deberá firmar un documento de Recibo y Relevo. Los premios no reclamados, o la ausencia de asistencia a la hora pautada, sin justificación razonable, para la entrega del premio podrán justificar el que no se le permita redimir o consumar el mismo. Los premios no reclamados o no utilizados, conforme a lo indicado, son nulos y pasarán a ser propiedad de Coca-Cola Company. El promotor y sus agentes designados se reservan el derecho de determinar la no validez de los cupones de participación premiados y de declinar al instante un premio, si no se ha cumplido con estas reglas o si se ha utilizado un método no permitido para participar.
10. Las reglas de este concurso estarán disponibles desde el 1ro de marzo de 2010 al 30 de mayo de 2010 en las oficinas corporativas Coca-Cola Company en Puerto Rico, localizadas en: 654 Ave. Muñoz Rivera, Suite 1801 Hato Rey, PR 00918; teléfono 787-766-1750.
11. Cada ganador(a) o su representante legal le concede a Coca-Cola Company y a sus agencias de publicidad y de relaciones públicas, el derecho a publicar y anunciar su nombre, voz o imagen en cualquier medio publicitario del país, sin compensación alguna; durante un año a partir de la fecha de la 1ra publicación.
12. Ni Coca-Cola Company de Puerto Rico, ni sus agencias de publicidad, relaciones públicas o promociones, responderán por daños directos o indirectos causados al ganador, familiar, terceros o propiedad, o relacionados con la otorgación y/o disfrute de este premio.
13. Este concurso está sujeto a todas las leyes y reglamentos estatales y federales aplicables. Cualquier intento de violar alguna de las reglas del concurso o de dar información falsa con la intención de defraudar, se procesará conforme a las leyes vigentes.
14. La probabilidad de ganar depende del número de participantes.
15. De ser necesario, cada ganador aceptará cualquier demora razonable con relación a este premio, sujeto a la ley y a la reglamentación aplicable.
16. El promotor se reserva el derecho de que en caso de mediar causas fuera de de su control cancelar, posponer y modificar este concurso, su publicidad y las reglas aplicables al mismo, incluyendo pero no limitado a la designación de nuevas fechas de comienzo y terminación. Cualquiera de estos cambios será publicado oportunamente, de acuerdo con la reglamentación aplicable.
17. Relevo: Con la mera participación, el(la) ganador(a) acepta que Coca-Cola Co., sus agencias de publicidad, relaciones públicas o promociones, sus respectivas matrices, subsidiarias afiliadas, divisiones, empleados, oficiales, directores, accionistas, y agentes envueltos en este concurso, no son responsables y quedan relevados por parte del ganador y sus familiares de toda y cualquier reclamación, por daños y perjuicios, incluyendo sin implicar limitación alguna por lesiones, muertes, accidentes, sufrimientos, angustias, gastos, costos y honorarios legales o de otro tipo, que surjan o sean relativos a su participación en este concurso, o surjan en las etapas de reclamación, verificación, redención, entrega y/o uso de cualquiera de los premios de este concurso, incluyendo reclamaciones por falta de calidad. El (la) participante y/o ganador(a) acepta que los promotores no brindan garantía general, ni específica, directa o indirecta, con respecto a ninguno de los productos o servicios que sirven de premios; no son responsables de la calidad y desempeño de dichos productos, servicios y que estos sólo tienen las garantías, si alguna, que puedan suplir sus proveedores y manufactureros. La responsabilidad de Coca-Cola Company y Bird Communications está limitada a entregar los premios ofrecidos y de la Agencia de Publicidad, Relaciones Públicas y Promociones, a administrar la mecánica de la promoción.
18. Las reglas oficiales de este sorteo serán publicadas en elnuevodia.com.