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Puerto Rico Hoy
10 de julio de 2012
 

Repudio masivo al Código Penal

Expertos critican el enfoque punitivo y sostienen que no resolverá el problema del crimen

El nuevo secreatrio de la Gobernación, Miguel Romero, se reunió con dos candidatas del PPT para escuchar su reclamo en contra del proyecto. (Luis Alcalá/GFR Media)

Por Yanira Hernández Cabiya y Keila López Alicea/puertoricohoy@elnuevodia.com

La tan criticada  limitación de derechos ciudadanos en la propuesta para un nuevo Código Penal es una manifestación adicional del enfoque altamente punitivo de ese proyecto, que el  el gobernador Luis Fortuño se propone convertir en ley en los próximos días.

Ese enfoque punitivo se manifiesta también  en la ampliación de las definiciones de delitos y el aumento dramático de las penas de cárcel. Por eso, la medida está bajo fuego de varias organizaciones cívicas y políticas que entienden  que en su afán de combatir la criminalidad, el gobierno está optando por afectar los derechos ciudadanos.

Un ejemplo claro de la ampliación de la definición de un delito ocurre en el caso del escalamiento.  Por ejemplo, una persona que entre a un edificio abandonado que no es de su propiedad podría ser acusada de escalamiento y condenada a  15 años de cárcel.

Y si esa persona es usuaria de drogas, como sucede en ciertos casos de escalamiento,  no podría cumplir su condena bajo restricción terapéutica para rehabilitarse de la dependencia, pues el estatuto propuesto elimina esta disposición. 

“El escalamiento agravado serán ahora prácticamente  todos los escalamientos, ya que se cambió la definición de lo que es un edificio ocupado. La definición es bien amplia, es prácticamente cualquier estructura, desde una casa hasta un almacén, y puede estar en desuso. Entre abogados se dice que el escalamiento es el delito que se comete con la mente, porque lo que tienes que hacer es meter una mano en una estructura y ya se configuró el delito”, expresó Verónica Vélez, asesora de legislación y educación jurídica de la Sociedad para la Asistencia Legal.

El Código Penal es el conjunto general de reglas que establecen las conductas consideradas delitos, y las penas que cumplirán quienes violen esas disposiciones. 

El gobierno considera el virtual nuevo estatuto  una herramienta contra la criminalidad que azota de diversas maneras a la sociedad puertorriqueña. 

Pero, de acuerdo con Vélez, “no es posible culpar por la criminalidad a la ausencia de prohibiciones de conductas. En nuestra sociedad la mayoría de las penas son excesivas y eso no ha servido de disuasivo para los que delinquen”.

Penas más altas

Entre los delitos cuyas penas aumentan dramáticamente con el propuesto código está la agresión sexual, que de su actual pena máxima de 25 años, aumenta a 50 años como pena fija.

Con el código vigente, si no se presentaban agravantes, la persona convicta podría tener que cumplir hasta 20 años de prisión como pena media. Si se convierte en ley el Código propuesto, la pena sería fija de 50 años y se reduciría o elevaría en un 25%, dependiendo de si se prueban agravantes o atenuantes. 

“En el código vigente hay parámetros para que, en caso de agravantes o atenuantes, la pena baje o aumente paulatinamente. Eso se elimina con lo propuesto”, dijo Vélez. 

Las penas por secuestro, asesinato  y robo domiciliario también se elevan. 

No obstante, el proyecto deja intactos los agravantes por los asesinatos en los que media el discrimen contra minorías -los llamados crímenes de odio-. 

Al mismo tiempo, mantiene disposiciones polémicas como la penalización del aborto y el adulterio.

“Las penas de cárcel no son un disuasivo para el criminal porque el criminal no cree que lo van a coger. Lo que evita que se cometan crímenes es si la persona piensa que sí lo van a arrestar. El asesinato en primer grado ha tenido una pena de 99 años durante décadas y eso no ha evitado que sigan asesinando”, expresó Vélez.

Todos serían autores

La exfiscal Ana Paulina Cruz destacó que el enfoque claramente punitivo está presente desde el inicio del proyecto de ley, el cual elimina la norma que establece que uno de los objetivos de la imposición de penas será “el castigo justo al autor en proporción a la gravedad del delito y a su responsabilidad”.

De acuerdo con la asesora legal de la Sociedad de Asistencia Legal, Yahaira Colón, esto queda evidenciado cuando se elimina la figura del cooperador de un crimen y se equipara a autor del delito a toda persona que participe de alguna manera, aún sin su conocimiento, como podría ser alguien que ayude a un individuo a salir de un lugar.

“No se puede responsabilizar a una persona por los actos de otra. Estás exponiendo a una persona a que esté sometida a un proceso judicial para demostrar que no cometió  un delito, cuando desde el inicio se sabe que  no lo cometió”, sostuvo Colón.

Vélez insistió en que el enfoque punitivo no ha dado resultados por lo que deberían explorarse nuevas maneras de combatir la criminalidad. 

“Es tiempo de mirar el problema de violencia en el País desde otro enfoque para prevenir la comisión del delito y rehabilitar. La criminalidad es un problema multifactorial que no va a mermar con una estrategia unilateral simplista”, planteó Vélez.

Más confinados

 Otro cambio fundamental dentro del nuevo Código Penal es la eliminación o restricción de penas alternas a la reclusión, como lo son la restricción terapéutica y el servicio comunitario.  En el caso de la última opción, no se permitirá que convictos de delitos graves participen de ella.

 La pena de la  restricción terapéutica “estaba dirigida a la rehabilitación del responsable de delito por medio del tratamiento. Queda eliminada de este Código en claro indicio del cambio de enfoque, de la rehabilitación al castigo”, señaló la exfiscal Cruz.

También se modificó la pena conocida como medida de seguridad  para permitir que un convicto permanezca recluido de forma indefinida en una institución mental si así lo establece el tribunal.  Anteriormente, el periodo de ingreso era similar al de la pena de reclusión por el delito cometido. 

La directora interina de la Comisión de Derechos Civiles, Rosa Rodríguez,  señaló que el nuevo código no va a tono con las medidas del Ejecutivo para reducir el hacinamiento en las cárceles. 

“Puede haber un nuevo caso Morales Feliciano porque vas a llenar las cárceles de nuevo.  Este Código presenta más un enfoque punitivo que un enfoque preventivo del sistema”, dijo Rodríguez. El pleito de clase Morales Feliciano fue presentado hace tres décadas por los problemas de sobrepoblación penal. La administración de Luis Fortuño asegura que ha terminado con el pleito, pero las partes involucradas aseguran que no.

El aumento en  las penas de los delitos graves también podría complicar los procesos en los tribunales, indicó el abogado David Román. 

Este experto en derecho ambiental señaló que el imponer penas fijas para los delitos ambientales y nuevos criterios para establecer la comisión del delito pondrá más trabajo sobre los hombros de los fiscales.

Aguado el delito ambiental

Uno de los principales cambios en lo que constituyen delitos ambientales en el proyecto 2021 es que  establece que se cometió el delito solo si se provoca daño a una persona o al medio ambiente. En el Código Penal vigente, el delito se establece si una acción amenaza la salud de una persona o el ambiente. “El gran problema va a ser que el fiscal va a tener que probar el grave daño a las personas. Puedo entender que el legislador quiera que se procesen solo los casos donde hubo daño y no solo amenaza, pero eso se tiene que probar”, señaló Román.

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