Gerardo Navas Dávila
La vivienda constituye un bien de extraordinaria importancia, no sólo porque satisface la necesidad básica del techo seguro, sino porque constituye el medio de ahorro principal de las familias. El problema es que esta riqueza es insuficiente, está desigualmente distribuida, y aunque usualmente aumenta su valor, no produce un flujo de ingreso. Éstas y otras limitaciones han llevado a estudiarla en el contexto de la sostenibilidad y la asequibilidad a bienes y servicios en el hábitat urbano. El tema me retrotrae momentáneamente a lo que Lefevbre, llamó “el derecho a la ciudad”. Advierto que el derecho se ejerce cuando las condiciones materiales lo propician. ¿Cuáles son estas condiciones?Por el lado de la sostenibilidad, el tema remite a la forma urbana, que es de todas, la condición material por excelencia. Ésta influye en los niveles de energía requeridos por las actividades productivas y cotidianas de la población. El orden espacial que separa los usos del suelo, ordena la baja densidad y olvida la forma, nos obliga a recorrer mayores distancias y al uso de medios de alto consumo energético, como el automóvil, en lugar del transporte colectivo o sencillamente las piernas. La ciudad del traslado le llamé.Lo descrito es un hábitat insostenible que incide negativamente sobre la competitividad de la economía y sobre el ambiente natural, sobrecarga el gasto familiar, reduce la asequibilidad a los servicios y obstaculiza en general el pleno disfrute del derecho a la ciudad. Para confrontarlo, necesitamos prioritariamente un paradigma que propicie un nuevo orden (la ciudad accesible), junto a los procesos institucionales e instrumentos correspondientes.
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