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En una resolución del 19 de marzo, el Tribunal Supremo consideró no ha lugar la solicitud de certiorari, pero hubo cuatro disidentes.
En una resolución del 19 de marzo, el Tribunal Supremo consideró no ha lugar la solicitud de certiorari, pero hubo cuatro disidentes. (Juan Luis Martínez Pérez)

La determinación del Tribunal Supremo de no intervenir en una reclamación de pago detenida por la paralización de litigios que impone el Título III de la ley federal Promesa dejó ver las diferencias de criterio que tienen los miembros del alto foro judicial sobre la aplicación de la legislación federal.

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