La autorización otorgada a los registradores en la RC489 evitaría ejecuciones, ya que resolvería los problemas que impiden inscribir las modificaciones alcanzadas en mediación, escribe Jaime Enrique Cruz Pérez
La autorización otorgada a los registradores en la RC489 evitaría ejecuciones, ya que resolvería los problemas que impiden inscribir las modificaciones alcanzadas en mediación, escribe Jaime Enrique Cruz Pérez
El 15 de abril de 2020, la gobernadora de Puerto Rico firmó la Resolución Conjunta del Senado 489 (RC489), mediante la cual le ordena a las instituciones bancarias o financieras, incluyendo las cooperativas y a la Asociación de Empleados del ELA, autorizadas a hacer negocios en Puerto Rico, a establecer una moratoria voluntaria sobre los pagos a préstamos personales, de auto, hipotecas y/o tarjetas de crédito correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020. También prohíbe el cobro de recargos, penalidades y/o aumento en tasas de intereses adicionales por un cliente acogerse a la moratoria. Prohíbe además notificar a las agencias de crédito, y le otorga a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras poder para fiscalizar el fiel cumplimiento de la RC489. La interpretación de dicha resolución se hará libremente a favor del cliente. Tampoco impide que los acreedores puedan otorgar mayores beneficios que los concedidos en la RC489.
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