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Comisión de Ética de la Cámara determinará si eleva a querella formal señalamiento contra José “Memo” González

Tras la revelación de los ingresos de un negocio del cual el representante es codueño y no reportó en sus informes financieros, el secretario general del PPD, Gerardo “Toñito” Cruz, presentó una queja que fue respondida por el legislador

16 de mayo de 2024 - 10:00 AM

La esposa del representante José Orlando “Memo” González Mercado resultó con heridas leves.  (GFR Media)
La Unidad de Investigación de El Nuevo Día reveló, el 15 de abril, que el representante José “Memo” González Mercado no ha incluido, en sus informes financieros, entrada alguna relacionada con el negocio Partime Sea Side Sport Bar que, en los pasados tres años fiscales, ha generado ingresos brutos de $353,000.

La Comisión de Ética de la Cámara de Representantes determinará, el próximo martes, si se eleva a querella formal la queja presentada por el secretario general del Partido Popular Democrático (PPD), Gerardo “Toñito” Cruz, contra José “Memo” González Mercado por no incluir, en sus informes financieros, ingresos relacionados con un negocio, en Arecibo, del cual el legislador del Partido Nuevo Progresista (PNP) es codueño.

“El reglamento de la Comisión establece que el representante tiene 15 días laborales para contestar la queja y 10 adicionales si así lo solicita. El representante tenía hasta hoy (ayer); sin embargo, contestó el 9 de mayo”, precisó este miércoles Ángel Raúl Matos, portavoz del presidente de la Comisión cameral de Ética, Ángel Matos García, sobre el trámite que podría dar paso a una evaluación del caso en sus méritos.

Agregó que ya se le envió una comunicación a los 10 miembros de la Comisión, quienes ahora deben evaluar el expediente que contiene la queja y la respuesta de González Mercado, con miras a votar el martes en torno a su elevación a querella. Para constituir mayoría, la determinación debe contar con el voto de, al menos, seis miembros.

En la reunión del martes, subrayó el portavoz, “no se entra en el contenido de la querella; simplemente, se ve si cumple con los requisitos formales en reglamento para que la misma pueda elevarse a querella”.

La queja planteada por Cruz ante la Comisión de Ética de la Cámara fue hecha, de manera formal, el pasado 23 de abril, tras salir a relucir la operación e ingresos de un negocio, en Arecibo, del cual González Mercado es codueño.

La Unidad de Investigación de El Nuevo Día reveló, el 15 de abril, que el representante del PNP no ha incluido, en sus informes financieros, entrada alguna relacionada con el negocio Partime Sea Side Sport Bar, que, en los pasados tres años fiscales, ha generado ingresos brutos de $353,000.

“El negocio del cual González es codueño, llamado Partime Sea Side Sport Bar, en Arecibo, ha tenido ingresos que deben ser explicados al detalle. Esta es una cantidad de dinero elevada y es relevante la transparencia en este tipo de participación de un legislador. El hecho de que él diga que no ha disfrutado ganancias no es suficiente”, planteó Cruz, en una conferencia de prensa, previo a la presentación de la queja.

¿En qué consiste la evaluación?

Conforme a las “Reglas de Conducta Ética de la Cámara de Representantes”, el procedimiento que realiza la Comisión en la evaluación de una queja establece que el panel realizará un análisis preliminar sobre los méritos de la queja y determinará si se cumplen los requisitos dispuestos para que se convierta en una querella e inicie la investigación correspondiente.

La Comisión analizará si los hechos imputados tienen los elementos mínimos requeridos para que se configure una violación a las reglas. De conformarse una querella, la Comisión dilucidará, entonces, la veracidad de las alegaciones. Matos explicó que se le otorgan 10 días al representante señalado –en este caso, González Mercado– para presentar argumentos adicionales, si lo entendiera necesario.

“De ellos determinar, por una mayoría, que la queja se eleva a querella, se le notifica nuevamente al representante, se le dice que fue elevada a querella y se le dan 10 días adicionales para que complemente la querella y, luego, se entra a los méritos de la misma”, abundó el portavoz.

En cuanto a los requisitos que serán evaluados el próximo martes, el reglamento sostiene que la queja debe ser presentada en un término de 30 días laborables siguientes a la fecha en que el querellante advino en conocimiento de los hechos que lo lleven a concluir que se han violentado las normas dispuestas en las reglas.

También, debe describir detallada y específicamente los hechos que, a su juicio, constituyen una violación. Por otro lado, además del propio y personal conocimiento de los hechos imputados, se podrá sustentar una queja cuando exista prueba que demuestre una posible violación, como admisiones públicas corroboradas del representante, funcionario o director de dependencia.

De igual modo, se puede sustentar con documentos públicos oficiales o una certificación oficial de la ausencia de estos, así como con documentos ordinarios de negocios o una certificación oficial de la ausencia de estos. También está la opción de presentar documentos oficiales expedidos por una agencia gubernamental o hallazgos producto de investigaciones realizadas por la Asamblea Legislativa.

Igualmente, está la posibilidad de someter un informe de la Oficina del Contralor, de una agencia, o de una opinión o sentencia final y firme de un tribunal competente.

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