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Aprueban medida para evitar que convictos por agresión sexual y pornografía infantil salgan en libertad bajo palabra

El Proyecto de Senado 2106 fue avalado sin enmiendas, por lo que pasa ahora a la consideración del gobernador Pedro Pierluisi

7 de mayo de 2024 - 8:30 PM

El Senado dejó pendiente de consideración el Proyecto del Senado 1467, para enmendar la “Ley para el Egreso de Pacientes de Sida y de otra enfermedades en su etapa terminal”, a los efectos de requerir que todo reo egresado bajo este estatuto lleve vigilancia electrónica. (Carlos Giusti/Staff)

El Senado aprobó este lunes una medida para que las personas convictas por los delitos de agresión sexual y pornografía infantil no puedan beneficiarse del privilegio de libertad bajo palabra, indistintamente de la fecha de la comisión del delito ni el código penal utilizado para dictar sentencia.

El Proyecto de la Cámara 2106 -de la autoría de la representante Jocelyne Rodríguez- recibió 21 votos a favor. La medida fue aprobada sin enmiendas, por lo que pasa ahora a la consideración del gobernador Pedro Pierluisi.

A pesar de que la Ley 85 de 2022 dispone que los convictos por agresión sexual no cualifican para el beneficio, según una reciente interpretación de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) -con fecha del 2 de abril–, dicha directriz solo aplicaría a los convictos bajo el Código Penal de 2012. De acuerdo con el organismo, el estatuto “no hace mención sobre el tratamiento de la ley con respecto a los agresores sexuales convictos bajo los códigos penales previos”.

Tras esta opinión, un grupo de mujeres agredidas sexualmente por Félix Hernández Doble, quien solicitó su liberación condicional al amparo de la Ley 85 de 2022, se dieron a la tarea de abogar por legislación en vías a aclarar que ningún convicto por este delito podrá extinguir la pena fuera de cárcel, independientemente del Código Penal bajo el fue procesado.

Hernández Doble cumple una sentencia consolidada de 177 años de cárcel y fue procesado bajo el Código Penal de 1974.

Pendiente medida sobre reos con enfermedades terminales

Mientras, quedó pendiente de consideración el Proyecto del Senado 1467, para enmendar la “Ley para el Egreso de Pacientes de Sida y de otra enfermedades en su etapa terminal” (Ley 25 de 1992), a los efectos de requerir que todo reo egresado bajo este estatuto lleve vigilancia electrónica.

La medida -que se devolvió a la Comisión de lo Jurídico y Desarrollo Económico- le aplicaría a los convictos de asesinato, agresión sexual, incesto, actos lascivos, maltrato de menores y violencia doméstica.

Fue el senador independiente, José Vargas Vidot, quien solicitó que el proyecto de ley se devolviera a la Comisión de lo Jurídico hasta tanto no se ejecute la Resolución de Senado 933, medida para investigar la aplicación de la Ley 25, estatuto bajo el cual fue liberado Hermes Ávila Vázquez.

A Ávila Vázquez, quien fue sentenciado en 2005 a 122 años de cárcel por el asesinato de una mujer, le fue otorgado el privilegio tras alegar un diagnóstico de paraplejía. Al sujeto, se le imputa el asesinato de Ivette Joan Meléndez, reportado el 22 de abril en Manatí.

La liberación del individuo levantó una serie de cuestionamientos relacionados a cómo se lleva a cabo este proceso, que se supone cuente con la evaluación experta de un panel médico.

“Lo que estoy pidiendo es un momento de reconsideración, que el proyecto pase a asuntos pendientes, no que se elimine. Lo que quiero es que tenga más peso cuando se considere, y creo que esta investigación nos pondrá en el escenario correcto para poder levantar esos velos y esas sombras que cubren un montón de elementos que deben salir a la luz”, afirmó el legislador.

La solicitud de Vargas Vidot fue rechazada por la autora de la medida, Migdalia González. No obstante, la mayoría de los legisladores presentes en la sesión coincidieron con el senador independiente.

La Resolución del Senado 933 fue aprobada en la sesión de este lunes, con 17 votos a favor.

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