Bolsa de valores 07:46 PM
S&P 500
6909.59
1.64%
·
Dow Jones
49940.07
2.11%
·
Nasdaq
22965.66
1.89%
Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.

CRIM avisa que se agota el tiempo para ahorrar 10% en el pago de impuestos sobre la propiedad inmueble

Luego del 2 de febrero, el descuento se reduce a la mitad recuerda la agencia tributaria municipal

29 de enero de 2026 - 11:00 AM

Municipal Tax Collection Center (GFR Media)
La propiedad inmueble tiene descuento de 10% si se paga antes del 2 de febrero, informó el CRIM. (GFR Media)

El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) recordó a los contribuyentes, que tienen hasta el próximo lunes, 2 de febrero, para recibir un descuento de 10% en el pago de sus contribuciones sobre la propiedad inmueble.

Después de esa fecha, los contribuyentes podrán beneficiarse de un 5% de descuento, hasta el 2 de marzo de 2026.

Una vez concluya ese periodo, no aplicará ningún otro descuento y el contribuyente tendrá que pagar el monto total de la factura emitida por el CRIM.

“Es importante que los ciudadanos conozcan y se acojan a este beneficio, que trae ahorros al bolsillo de los contribuyentes”, sostuvo mediante comunicado el director ejecutivo del CRIM, Javier García Cintrón.

El funcionario detalló que los contribuyentes tienen múltiples alternativas para realizar sus pagos.

Pueden pagar a través de la página oficial del CRIM. www.crimpr.net, por teléfono, mediante el Centro de Llamadas (787)-625-2746 o de manera presencial, en cualquiera de las oficinas regionales del CRIM o las ubicadas en su municipio.

De igual forma, se informó que pueden realizar sus pagos al CRIM en las sucursales de instituciones bancarias, si presentan la factura que recibieron por correo.

El descuento se aprobó el año pasado, como parte de las iniciativas implementadas por el CRIM para reducir su balance de cuentas por cobrar y en el contexto de otras movidas para aumentar la base contributiva, incluyendo actualizar el valor tributario de inmuebles ya identificadas en el catastro municipal y requerir el pago de impuestos a propiedades secundarias, es decir, a casas o edificios que se construyeron en una misma parcela o terreno, donde ya existe una estructura principal.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: