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Prórroga automática, el ajuste clave que moderniza el Código Municipal de Puerto Rico

Durante un foro del CPA, expertos abundaron en los cambios de la ley, que incluyen descuento estatuario de 5% y reglas claras de presencia física para patentes municipales

6 de marzo de 2026 - 3:05 PM

El Foro de Asuntos Municipales organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Puerto Rico (CPA) este jueves. (itzel.rivera@gfrmedia.com)

San Juan - Una serie de enmiendas recientes al Código Municipal de Puerto Rico aportan más transparencia y conveniencia a las empresas que hacen negocios en Puerto Rico, según un análisis de la nueva Ley 90 de 2025 dado a conocer durante el Foro de Asuntos Municipales organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Puerto Rico (CPA).

Entre los ajustes más relevantes del nuevo estatuto se destacó la prórroga automática de seis meses para la radicación de patentes municipales, un cambio que sustituye el sistema discrecional que utilizaban los ayuntamientos.

Según explicó el CPA y abogado Hans Mercado González, antes la prórroga dependía de la aprobación del director de Finanzas del municipio y carecía de “uniformidad”, pudiendo variar hasta seis meses, según la discreción de cada ayuntamiento.

Con el nuevo Código Municipal, la prórroga es automática y uniforme para todos los contribuyentes, dando la posibilidad de que la Oficina de Gerencias y Presupuestos (OGP) otorgue tres meses adicionales a personas que no están en Puerto Rico. El abogado detalló que los municipios solo pueden revocar la prórroga si lo hacen dentro de 60 días desde su radicación y existe un incumplimiento del contribuyente.

Otro cambio que reiteró Mercado González es el descuento estatuario del 5% sobre el total de la patente pagada al presentar la solicitud de prórroga y el pago estimado completo.

Régimen de intereses escalonados por falta de radicación.
Régimen de intereses escalonados por falta de radicación. (Suministrada )

“Antes, cualquier deficiencia detectada anulaba el beneficio y, ahora, el descuento se mantiene sobre la cantidad estimada y pagada, aunque no aplica a la diferencia atribuible a la deficiencia”, detalló.

El conferenciante también apuntó el régimen de intereses escalonados por falta de radicación, que los datos presentados indicaron que es: 5% del 23 de octubre al 22 de noviembre de 2026; 10% del 23 de noviembre al 23 de diciembre; 15% del 24 de diciembre al 24 de enero de 2027; 20% del 24 de enero al 23 de febrero, y 25% a partir del 24 de febrero de 2027.

El esquema, afirmó Mercado González, “permite planificar mejor las obligaciones fiscales y garantiza que los contribuyentes conozcan con claridad los costos de retrasos en el cumplimiento”.

El caso de las barcazas en Guayanilla

En su ponencia, el CPA destacó casos recientes que ilustran los cambios reglamentarios en la aplicación de patentes municipales, citando inicialmente “Freepoint Commodities LLC versus Municipio de Guayanilla (2024)”. Según el abogado, en ese caso, el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Apelaciones confirmaron que el municipio no podía imponer patentes a la empresa porque la compañía no tenía presencia física, oficina ni establecimiento comercial en Guayanilla.

“El hecho de que las barcazas se anclaran frente a la costa o se conectaran a una tubería dentro del municipio no facultaba a Guayanilla para cobrar patentes”, indicó.

El caso “Freepoint Commodities LLC versus Municipio de Guayanilla (2024)” presentado por el CPA Hans Mercado González.
El caso “Freepoint Commodities LLC versus Municipio de Guayanilla (2024)” presentado por el CPA Hans Mercado González. (Suministrada )

También, abordó situaciones complejas asociadas mayormente a la industria de la construcción y contratos gubernamentales, como algunos municipios que han “incrementado los impuestos sobre permisos de construcción hasta un 15%, mientras que otros han implementado incentivos de hasta 75% de exención para estimular la actividad económica”.

Mercado González dijo que el alza en arbitrios de construcción se ha dado particularmente, en proyectos con contratistas del gobierno. Mientras, destacó que las exenciones de hasta 75% en el pago de impuestos se ha dado en municipios como Isabela, Aguadilla y San Juan.

“En San Juan, se creó un crédito para pequeños y medianos comerciantes, que aplica a empresas con volumen de negocios de $500,000 o menos”, señaló el abogado y CPA al calificar la medida como creativa y “nunca antes vista en la legislación municipal”.

Libre del pago de patentes, negocios en la isla con sede en el exterior

Mercado González mencionó otro factor, que es la importancia de la presencia física para determinar obligaciones contributivas, tomando como muestra el caso en San Juan, donde una entidad de Delaware ofrecía servicios a puertorriqueños y, aunque la empresa argumentó que tenía un decreto de exención, el municipio concluyó que el vínculo casual con la isla obligaba a pagar patente.

“El tribunal confirmó que no se podía aplicar la exención fuera del marco legal local”, puntualizó.

Los cambios, concluyó el conferenciante, representan un “avance significativo en transparencia, uniformidad y certeza jurídica” porque ahora los contribuyentes y municipios cuentan “con reglas claras y previsibles que fortalecen la gestión fiscal y evitan conflictos por interpretaciones divergentes”.

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