Bolsa de valores 12:20 AM
S&P 500
6915.61
0.03%
·
Dow Jones
49098.71
-0.58%
·
Nasdaq
23501.24
0.28%
Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.

Emiten guía para planes de salud tras declaración de emergencia por casos de influenza

La comisionada de seguros, Suzette del Valle Lecároz, circuló una carta normativa para todas las organizaciones cobijadas por el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico

29 de enero de 2026 - 5:00 PM

Suzette M. Del Valle Lecároz, comisionada de seguros. (Captura)

Tras la declaración de emergencia del gobierno por la cantidad de casos de influenza registrados en el país, la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), emitió unas guías a seguir por los planes de salud.

“Ante la declaración de epidemia del virus de la influenza por parte del Departamento de Salud, la gobernadora Jenniffer González declaró Estado de Emergencia para activar medidas excepcionales para la protección de la salud pública. Por ello nuestra oficina ha emitido esta carta sobre medidas que deberán tomar todo asegurador”, explicó la comisionada de seguros, Suzette Del Valle Lecároz, en comunicado de prensa.

Bajo esta normativa, los planes de salud están obligados a cubrir las pruebas diagnósticas aprobadas por la Administración Federal de Alimentos y Drogas (FDA, en inglés) necesarias para diagnosticar a los pacientes que presenten síntomas consistentes con la influenza, sin distinción de los tipos de virus de influenza para el cual se ordene la prueba o los tipos de pruebas disponibles para detectar el virus, de conformidad con el criterio de necesidad médica.

Además, todo asegurador u organización de servicios de salud de planes médicos privados deben cubrir a los asegurados o suscriptores los tratamientos y medicamentos aprobados por la FDA que sean necesarios para tratar la influenza y sus síntomas, sin distinción de los tipos de influenza para la cual el médico ordene el tratamiento o medicamento conforme con el criterio de necesidad médica.

Igualmente, la OCS activó la cubierta mandatoria de inmunización contra la influenza.

“El Código de Seguros de Salud de Puerto Rico dispone que todo asegurador u organización de seguros de salud que provea planes médicos individuales o grupales deberá, por lo menos, proveer cubierta y no impondrá requisitos de compartir costos (cost‑sharing)“, indica el comunicado.

El requisito de no imponer costos aplica a los siguientes servicios: cuidado preventivo, siempre y cuando la persona cubierta los reciba de un proveedor participante, así como los servicios incluidos en las recomendaciones más recientes del United States Preventive Services Task Force. Igualmente, inmunizaciones para las cuales hay en efecto una recomendación del Advisory Committee on Immunization Practices of the Centers for Disease Control and Prevention (ACIP, por sus siglas en inglés) y del Comité Asesor en Prácticas de Inmunización del Departamento de Salud de Puerto Rico, señalaron en declaraciones escritas.

Además, de conformidad con la recomendación del ACIP emitida el 28 de agosto de 2025, adoptadas por el Departamento de Salud, la OCS recordó que se recomienda la vacunación contra la influenza de toda persona de 6 meses de edad en adelante, especialmente aquellas con mayor riesgo.

“Reiteramos a todo asegurador u organización de servicios de salud de planes médicos su obligación de cubrir la vacuna contra la influenza, libre de costo de copagos, deducibles o coaseguros para el asegurado o beneficiario, administrada en cualquier proveedor”, finalizó la comisionada.

“El pago de los servicios de inmunización prestados debe considerar el uso de tarifas separadas para el servicio de la administración de la vacuna por un profesional de la salud cualificado y otro para la vacuna administrada”, indicó.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: