

3 de octubre de 2025 - 4:13 PM
Los tres miembros despedidos de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) se apuntaron este viernes una victoria al conseguir un interdicto provisional en el caso que radicaron contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump.
En una decisión de 34 páginas, la jueza de distrito federal María Antongiorgi-Jordán determinó que los demandantes, Arthur J. González, Betty A. Rosa y Andrew Biggs demostraron que tienen suficientes méritos para que el caso prospere, que sufrirían un “daño irreparable” si no se emite esta orden y que, al buscar el interés público, el balance va a favor de los tres miembros despedidos.
“El presidente hizo un juramento no para mandar, sino para defender y proteger la constitución. Ese juramento es una promesa solemne a la gente. La Constitución parte de un gobierno federal con poderes limitados, un gobierno en el cual, incluso, el presidente está sujeto a la ley”, reza la decisión.
“El presidente debe seguir los estándares más altos, no solo al hacer cumplir la ley, sino al vivir bajo esa ley. Cuando el presidente ignora la ley, la zapata de nuestra democracia comienza a romperse. Una democracia fuerte se basa en la vigilancia constante para asegurar que los líderes siguen las reglas que juraron proteger”, agrega.
La decisión respondió a una vista celebrada esta semana a raíz de la demanda radicada en el Tribunal federal por González, Rosa y Biggs, tres de los seis directivos destituidos por Trump los días 1 y 13 de agosto sin que mediara justificación alguna.
Para los demandantes, la acción presidencial viola la Ley Promesa, pues no se les ofreció una “causa” al momento de despido.
El interdicto provisional deja sin efecto la destitución de González, Rosa y Biggs por parte de Trump, hasta que la demanda que busca confirmar que el proceso de separación que llevó a cabo la Casa Blanca no se efectuó conforme a derecho.
En respuesta a la decisión judicial, la JSF se limitó a decir en expresiones escritas que están “revisando cuidadosamente la orden del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos. Acatará todas y cada una de las obligaciones impuestas por la decisión”.
Sin embargo, el abogado John Mudd explicó, por su parte, que la decisión sí permite a estos tres miembros de la JSF regresar a sus puestos, pero advirtió que, en casos similares, el presidente Trump ha buscado detener los procesos mediante el recurso de “stay” o paralización de los procesos.
“Es un ‘sí’ cualificado”, dijo Mudd a la pregunta de si los demandantes pueden regresar de inmediato a sus puestos. “Si Trump pide un ‘stay’, eso cambia. Esto (esta decisión) es una afrenta a Trump y en otros casos como este, han pedido el ‘stay’ y eso debe estar pasando entre lunes y martes”.
Agregó que la decisión no aplica al resto de los miembros de la JSF que también fueron despedidos, pues no formaban parte del pleito. Sin embargo, reconoció, podrían radicar recursos similares, cobijados por esta decisión judicial.
Seis de los siete miembros de la JSF fueron despedidos por Trump sin ofrecer mayores razones, pero solo tres radicaron la demanda argumentando que los despidos son ilegales.
El argumento presentado ante Antongiorgi-Jordán fue que, aunque la Ley Promesa deja el despido de directivos del ente fiscal en manos del presidente de Estados Unidos, los mismos deben darse por una “causa”.
Al ser despedidos, los miembros de la JSF no recibieron ninguna razón. No fue hasta más tarde, y luego de citada la vista de esta semana, que recibieron una carta de Casa Blanca indicando que “la crisis fiscal que afecta a Puerto Rico no ha hecho más que agravarse, y bajo su supuesto liderazgo, la JSF no ha encontrado una salida a la crisis fiscal de Puerto Rico ni ha logrado avances significativos para resolverla”.
En su decisión de 34 páginas, la jueza federal retomó cuestionamientos que hizo en sala abierta durante la vista del lunes. En ese momento, cuestionó a los representantes del Departamento de Justicia federal (DOJ) si el presidente de Estados Unidos estaba por encima de la ley y si era de “alto interés público” que el presidente cumpliera con lo dispuesto en la Constitución y las leyes.
En la decisión emitida el viernes en la tarde, la jueza explica que un interdicto provisional se otorga para “preservar las posiciones de las partes hasta que haya un juicio en sus méritos”.
La jueza explicó que el remedio provisional se otorga cuando se dan varias condiciones: que los demandantes tengan oportunidad de prosperar en su reclamo, que exista el potencial de un daño irreparable si se deniega la petición y el efecto de la determinación en el interés público.
Detalla el fallo de Antongiorgi-Jordán que el despido de los directivos demandantes no cumplió con la Ley Promesa porque la Casa Blanca no ofreció a estos las causas del despido y cita decisiones del Tribunal Supremo de Estados Unidos que apuntan a que el requisito de ofrecer una “causa” antecede la posibilidad de tener que ofrecer una vista, o un proceso, antes de que se concrete el despido de estos funcionarios.
“Como los demandantes tenían derecho a un aviso y una vista (hearing) antes de que se les removiera de sus puestos, las acciones del Presidente con toda probabilidad violaron los estándares de “mostrar causa”, reza la decisión. “Esto, porque el presidente nunca articuló ninguna causa para removerlos de sus puestos ni se les dio oportunidad para una vista”.
El debido proceso de ley, recordó la jueza, está contenido en la quinta enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Concluyó además que remover a González, Rosa y Biggs de sus puestos sí constituye un daño irreparable, a pesar del argumento presentado por el DOJ de que esta condición no se concretaba, por tratarse de puestos que no reciben un salario o una paga.
En su conclusión, la jueza federal retomó decisiones del Tribunal Supremo federal al decir que “si a una persona se le permite determinar por sí mismo lo que es la ley, toda persona puede hacerlo. Eso significa primero caos, y luego tiranía”.
“El presidente hizo un juramento no para mandar, sino para defender y proteger la constitución. Ese juramento es una promesa solemne a la gente. La constitución parte de un gobierno federal con poderes limitados, un gobierno en el cual incluso el presidente está sujeto a la ley”, reza la decisión. “El presidente debe seguir los estándares más altos, no solo al hacer cumplir la ley, sino al vivir bajo esa ley. Cuando el presidente ignora la ley, la zapata de nuestra democracia comienza a romperse. Una democracia fuerte se basa en la vigilancia constante para asegurar que los líderes siguen las reglas que juraron proteger”.
Reiteró entonces que Promesa obliga a ofrecer una causa antes de remover a sus miembros.
“Los demandantes han demostrado que pueden tener éxito en sus reclamos, que sufrirán un daño irreparable si no existe una orden y que el balance del interés público pesa a favor de otorgar esta orden”, puntualizó la jueza.
La editora de Negocios Joanisabel González explica los temas económicos más importantes a nivel local e internacional.
Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: