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Encontrados al extremo LUMA y la Autoridad de Alianzas Público Privadas

El operador eléctrico y la agencia fiscalizadora no llegaron a un acuerdo para atender la demanda entre las partes, tal y como sugirió la jueza Laura Taylor Swain

3 de septiembre de 2025 - 11:05 PM

La Autoridad de Alianzas Público Privadas, dirigida por Josué Colón (en la foto), acusó a LUMA Energy de presentar una demanda plagada de "errores de hecho" y dijo a la jueza Laura Taylor Swain que cuestionará su autoridad para resolver el litigio entablado por el operador eléctrico. (Xavier Araújo)

La exhortación que Laura Taylor Swain hizo a LUMA Energy y a la Autoridad de Alianzas Público Privadas (AAPP) para que se pusieran de acuerdo en torno a cómo el tribunal atendería el litigio entre las partes cayó en oídos sordos, a juzgar por el reporte conjunto que se ha enviado esta noche a la jueza de distrito federal.

En un informe enmendado, y radicado pasadas las seis de la tarde, LUMA dijo a Swain que no pudo llegar a un entendido con la AAPP porque la agencia continúa aferrada en resolver los señalamientos en su contra por la vía de un experto independiente.

Y en el mismo reporte, la AAPP acusó a LUMA de presentar una demanda plagada de “errores de hecho y distorsiones, que se demostrarán cuando sea necesario”, y de querer dilatar el proceso de rendición de cuentas recurriendo al foro judicial incorrecto.

Considerando los calendarios sugeridos por cada cual, es posible que pasen al menos 60 días antes de que la demanda incoada por LUMA pueda resolverse en su fondo. El contrato de LUMA es un gasto administrativo dentro del proceso de quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

“La AAPP pretende impugnar la existencia de jurisdicción en este asunto, así como argumentar que el tribunal debe abstenerse de dirimirlo, especialmente a la luz de la aceptación (por parte de LUMA) de la cláusula de selección de foro exclusivo del Estado Libre Asociado en el Acuerdo de Mantenimiento y Operación de la Red de Transmisión y Distribución (OMA, en inglés)”, reza la declaración de la agencia que fiscaliza el contrato del operador eléctrico en nombre de la AEE.

Pero según LUMA, la falta de voluntad de la agencia fiscalizadora para hacer una pausa en el proceso de evaluación de disputas hasta que el tribunal de Título III se exprese, constituye “más evidencia” de que la AAPP no está interesada en resolver la controversia entre las partes de manera razonable.

Más bien, de acuerdo con LUMA, la AAPP “simplemente busca cómo manufacturar, tan pronto como sea posible, una excusa para cancelar el OMA”.

Esta noche, el consorcio estadounidense canadiense, la AAPP y la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) informaron que el diálogo entablado entre las partes el pasado 26 de agosto no rindió frutos.

La semana pasada, luego de que LUMA demandara a la AAPP para que Swain defina el alcance de los señalamientos en su contra, la jueza a cargo del proceso de bancarrota de Puerto Rico pidió a LUMA y a la AAPP que conversaran para establecer un calendario que permita resolver la controversia con premura.

Swain también pidió saber si era necesario sellar algunos documentos del caso como sugirió el operador eléctrico y si podía llegarse a algún entendido en torno al pedido de interdicto que tenía ante su consideración. Al asignar el caso para asuntos procesales a la magistrada Judith Dein, Swain pidió a las partes presentar un informe de situación en o antes de este martes, 2 de septiembre a las cinco de la tarde.

Las partes estuvieron de acuerdo en que no es necesario sellar documento alguno.

Pero acto seguido, LUMA presentó su propio calendario. La AAPP también presentó su agenda y estableció que los asuntos de jurisdicción y mérito tienen que verse por separado.

La JSF, por su parte, aseveró que podría argumentar en torno a la autoridad de Swain para juzgar la controversia, pero lo haría luego de que LUMA presente sus argumentos.

Entuerto procesal

Ante la intransigencia de las partes, la jueza Swain tendría que poner orden al curso del caso.

De entrada, considerando los argumentos en el informe, Swain tendría que resolver si el tribunal de Título III tiene autoridad para evaluar el litigio entre LUMA y la AAPP.

Luego, debe dirimir si urge emitir un interdicto contra la administración de Jenniffer González Colón que impida continuar adelante con cualquier acción que pueda resultar en la cancelación del contrato de LUMA y resueltos ambos dilemas, Swain tendría que atender lo sustantivo: si los seis señalamientos en contra de LUMA develados por la AAPP en julio pasado son disputas técnicas o si se trata de disputas en el curso ordinario del contrato.

La clasificación del señalamiento serviría entonces para saber qué tipo de análisis se haría de cada disputa y quién sería la entidad responsable. Si se trata de disputas técnicas, el OMA establece que se atendería por un experto independiente.

Si se trata de una disputa ordinaria, LUMA y la AAPP tendrían que entrar en un proceso de mediación o ventilar el asunto en los tribunales.

Para largo la controversia

Según LUMA, todavía minutos antes del plazo para entregar el informe, la AAPP había indicado que continuaría adelante con su proceso de análisis de las disputas técnicas y que no aguardaría por la determinación del tribunal.

No habría sido hasta las cuatro de la tarde del martes, cuando la AAPP -según LUMA- se mostró dispuesta a hacer una pausa en sus procesos internos. Esto, siempre que los temas de jurisdicción y de mérito se vieran por separado.

Así las cosas, LUMA propuso que su demanda se atienda de la siguiente forma: las partes interesadas en objetar el recurso tendrían hasta el próximo 8 de septiembre para hacerlo. LUMA presentaría su réplica y luego se llevaría a cabo una vista si el tribunal así lo decide.

“La AAPP trabaja para que LUMA responda por sus fracasos y mal manejo bajo el OMA y no pretende detener sus esfuerzos en ese aspecto mientras este asunto continúa su curso”, ripostó la administración de González Colón en la declaración de la agencia.

La AAPP propuso lo siguiente presentar, en o antes del próximo 16 de septiembre, un recurso para objetar que Swain vea el caso y LUMA podría presentar sus argumentos no más tarde del 23 de septiembre.

Presentados los argumentos, Swain podría llevar a cabo una vista del caso.

Si Swain da la razón a la AAPP, la agencia presentaría entonces sus argumentos de oposición al recurso de LUMA siete días más tarde. y no sería hasta aproximadamente el 7 de octubre próximo cuando el operador eléctrico presentaría su escrito de réplica.

Si la jueza Swain resuelve el pedido de remedio provisional que reclama LUMA, la AAPP tendría 30 días para contestar la demanda del operador eléctrico.

En su declaración, la AAPP abrió la puerta a continuar buscando un acuerdo con LUMA, y agregó que podría detener el análisis de los señalamientos contra LUMA bajo el proceso de disputa técnica, pero solo hasta que el tribunal de Título III decida si tiene jurisdicción en la controversia.

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