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Rumbo a La Fortaleza el proyecto que establece una tasa de 4% para nuevos inversionistas bajo la Ley 60

El PC 505 elimina la exención de impuestos en ganancias de capital para quienes soliciten decretos desde 2027, pero extendería el trato preferencial hasta mediados de siglo

26 de febrero de 2026 - 1:55 PM

El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, firmó el pasado 25 de febrero el Proyecto de la Cámara 505, que ahora debe ser suscrito por la gobernadora Jenniffer González Colón para convertirse en ley. (Xavier Araújo)

La Asamblea Legislativa aprobó la medida que, entre otras cosas, implementaría una tasa preferencial de 4% sobre ganancias de capital a los inversionistas residentes que se muden a Puerto Rico bajo la Ley 60-2019.

Se trata del Proyecto de la Cámara (PC) 505, firmado por el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, el pasado 25 de febrero, según el Servicio de Trámite Legislativo. La pieza legislativa permaneció en Comité de Conferencia entre ambos cuerpos legislativos desde el 27 de junio pasado.

Actualmente, los beneficiarios de la antigua Ley 22 de 2012, ahora parte de la Ley 60- pagan 0%.

Tras las negociaciones del Comité de Conferencia, la votación en el Senado sobre la medida fue de 44 votos a favor, cuatro en contra y cinco ausentes. Mientras, la votación en la Cámara baja fue de 22 votos a favor, cinco en contra y uno ausente.

Para que se convierta en ley resta la firma de la gobernadora Jennifer González Colón. En principio, la medida fue un proyecto de administración.

Luego de que se convierta en ley, el PC 505 aplicaría la nueva tasa contributiva sobre ganancias de capital a los inversionistas residentes que soliciten un decreto contributivo a partir del 1 de enero de 2027.

El proyecto legislativo, enmendaría el alcance de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico en lo que atañe a personas de alto caudal que se muden a la isla.

Mientras el PC 505 eliminaría la exención contributiva sobre ganancias de capital, acorta el período de tiempo de residencia previa en Puerto Rico.

En la actualidad, para que un inversionista residente pueda recibir un decreto contributivo bajo la Ley 60-2019, la persona debe demostrar que no ha vivido en Puerto Rico por 10 años. El PC 505 acorta ese período de tiempo a seis años.

Además, la ley vigente establece que una vez otorgado el decreto por parte del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el inversionista residente debe adquirir una propiedad inmueble en Puerto Rico como residencia principal dentro de dos años de obtener el decreto; ser dueño exclusivo o junto a su cónyuge y mantener dominio sobre esta durante toda la vigencia del decreto.

Con el PC 505, ese requisito continuaría vigente si el inversionista residente actual desea enmendar y extener la vida de su acuerdo tributario con Puerto Rico.

En contraste, los inversionistas residentes que soliciten un decreto a partir del 1 de enero de 2027, deben demostrar que cuentan con una propiedad adquirida inscrita o en proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Aunque el PC 505 aumentaría la tasa contributiva sobre ganancias de capital de 0% a 4%, los beneficiarios decretos tendrían el trato preferencial por más tiempo. Esto, porque el proyecto extendería la vigencia del programa hasta el año 2055.

Según un análisis de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), el PC 505 debe allegar más recaudos al Fondo General. La dependencia estima que el fisco ingresaría entre $27.8 millones y $60.6 millones en el año fiscal 2027.

Recientemente, la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) criticó el PC 505 por considerarlo como un otro cambio al sistema contributivo en ausencia de un análisis abarcador y de una reforma tributaria holística.

Además, el ente fiscal pone en duda que los nuevos recaudos que dejaría el PC 505 puedan considerarse como ingresos recurrentes.

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