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Comienza el 2023 con 21 corporaciones que enmendaron sus decretos para dejar de pagar el 4% del arbitrio de la Ley 154, cuando la proyección era conseguir 13 transiciones. (Archivo)
Comienza el 2023 con 21 corporaciones que enmendaron sus decretos para dejar de pagar el 4% del arbitrio de la Ley 154, cuando la proyección era conseguir 13 transiciones. (Archivo) (Sebastiao Moreira)

El 2023 arranca con 21 compañías foráneas (CFC, en inglés) que enmendaron sus decretos contributivos para dejar atrás el pago del arbitrio de 4% de la Ley 154 y acogerse a la Ley 52 de 2022.

Este total, informado la semana pasada por el Departamento de Hacienda, supera la meta de 13 transiciones que se había establecido el gobierno para el pasado 31 de diciembre, indicó el director de la Oficina de Incentivos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Carlos Fontán.

“La magnitud de la Ley 52 y el impacto que tiene en nuestra economía es algo que no se puede medir. Es asegurar que la industria manufacturera siga siendo un pilar de la economía puertorriqueña y crear el escenario para que las empresas se queden y expandan en Puerto Rico”, afirmó Fontán en entrevista con Negocios.

Lograr la transición de esas 21 compañías, mayormente de los segmentos de biofarmacéutica, dispositivos médicos y electrónica, conllevó negociaciones para enmendar los decretos de incentivos que tenían vigentes. Esto incluyó que, a cambio de ya no estar sujetas al 4% de arbitrio sobre las CFC, se acogieran a una nueva tasa contributiva de 10.5% sobre su ingreso industrial de desarrollo, una tasa similar por conceptos de regalías asociadas con la venta de sus productos y retuvieran otros beneficios previamente negociados, como pueden ser tasas preferenciales sobre sus contribuciones municipales.

Enmiendas contrarreloj

“Hicimos un compromiso con las compañías de que todas las enmiendas iban a estar aprobadas en o antes del 31 de diciembre. Fue maratónico porque esas solicitudes se empezaron a presentar en el último trimestre del año, pero lo logramos. El día 27, el secretario (del DDEC, Manuel Cidre) las había aprobado todas”, manifestó Fontán.

El plazo del 31 de diciembre respondió a que esa fue la fecha límite que estableció el Servicio federal de Rentas Internas (IRS, en inglés) para que las CFC completaran la conversión.

Sin embargo, Fontán puntualizó que la Ley 52 no tiene limitaciones de fecha y, si les interesa, “a las 16 restantes nada le impide hacer la transición en el futuro”.

Respecto a la tasa de 10.5% del nuevo régimen, Fontán reiteró que “puede ser menor si las compañías cumplen con ciertos requisitos”, como empleos e inversión que pueden ganarles exenciones entre 20 y 85%. Por ello, la tasa efectiva que pagarían las CFC bajo la Ley 52 partirá de 3%, según había informado este medio.

El funcionario recordó que la aprobación del estatuto se precedió con “modelajes para que, aun cuando se acojan, los ingresos del fisco se protejan”.

Recalcó que ese ejercicio fue crítico, porque las 37 CFC que estaban sujetas al arbitrio del 4% de la Ley 54 “representan 16% de los recaudos de Hacienda”.

Cierre con récords en ciertos incentivos

Por otro lado, Fontán también informó que el 2022 cerró “con más de 600 decretos” nuevos de exportación de servicios (antes Ley 20 y hoy parte de la Ley 60 del Código de Incentivos). Esto constituye el segundo récord al hilo, pues en 2021 se otorgaron cerca de 400.

De forma similar, indicó que al momento de la entrevista iban a superar los 252 decretos para jóvenes empresarios, disponible para menores de 36 años que inicien un negocio.

“Estamos llevando el mensaje, promocionando este programa y se están viendo los frutos”, expresó sobre el incentivo que ofrece tres años de exención total de impuestos sobre los primeros $500,000 del ingreso neto sujeto a contribución, sobre propiedad mueble y las contribuciones municipales.

De otra parte, reconoció que el 2022 se ubicó como el año “con más solicitudes” para decretos de inversionista residente, antes Ley 22, con un promedio de 100 mensuales. Aunque no se había tabulado el año entero al momento de la entrevista, explicó que la tasa de concesión de ese decreto es bastante alta porque por ley solo se impone el requisito de “no haber sido residente (de Puerto Rico) entre 2006 y 2012″. A esto se agrega pasar una verificación de su trasfondo, para detectar antecedentes penales o irregularidades que puedan levantar bandera. Salvado ese paso, se otorga el decreto y el individuo tiene que cumplir con requerimientos adicionales para mantenerlo. Esto incluye mantener su residencia bona fide en Puerto Rico, comprar una residencia en el término de dos años, el pago anual de $5,000 por radicar sus informes anuales y la donación compulsoria de al menos $10,000 anuales a entidades sin fines de lucro.

“Hay una concepción errada de que no pagan contribuciones, pero este grupo en el año contributivo 2020 pagó $160 millones en contribución sobre ingresos”, indicó Fontán. “Son el tercer grupo de beneficiarios de incentivos que más pagan. El primero es manufactura y el segundo es exportación de servicios”.

Según explicó, esto responde a que los ingresos por salarios o las ganancias por ventas de inmuebles tributan a sus tasas ordinarias.

“Las únicas partidas de ingreso exentas son intereses, dividendos y las ganancias de capital por inversiones en valores”, enumeró.

Fontán adelantó que, como parte de un esfuerzo en curso, el DDEC actualizará el estudio del impacto económico de este y otros incentivos.

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