

11 de febrero de 2024 - 4:20 PM


Las personas convictas por disparar un arma de fuego desde un vehículo o embarcación podrían perder el permiso de conducir por un término de cinco años, según una medida legislativa sobre la cual el Senado podría actuar en su sesión de este lunes.
“La verdad del caso es que no he tenido comunicación con personal del Senado sobre este tema en particular. Una vez la medida llegue a la Cámara, la miraremos. Pero, en principio, una persona que participe activamente de un tiroteo de carro a carro no debe tener el privilegio de una licencia de conducir”, indicó el representante José “Quiquito” Meléndez.
La propuesta de Meléndez, esbozada en el Proyecto de la Cámara 573, pretende atender un vacío de la “Ley de Armas de Puerto Rico” de 2020 que, si bien impone penas de reclusión contra las personas que apunten o disparen un arma de fuego fuera de lugares autorizados por ley, no incluye posibles sanciones en cuanto a la licencia de conducir o de navegación.
La versión de Meléndez, aprobada en la Cámara en noviembre de 2021, proponía la suspensión del permiso de forma permanente. Esta alternativa, sin embargo, no fue respaldada por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), según recoge el informe de la Comisión de Seguridad del Senado, presidida por el senador penepé Thomas Rivera Schatz.
La titular del DTOP, Eileen Vélez, sostuvo que una determinación de tal magnitud podría ir en contra del derecho de toda persona a rehabilitarse. “Puede impedir que la persona convicta rehabilitada pueda conseguir y mantener un empleo… podría impactar negativamente el desarrollo personal en atención a sus necesidades básicas como ciudadano rehabilitado que vive en la libre comunidad”, aseveró la funcionaria durante la discusión.
El secretario del Departamento de Justicia, Domingo Emanuelli, reconoció que el Estado puede “regular con rigurosidad” la concesión del permiso de conducir por tratarse de un “privilegio” que conlleva una gran responsabilidad y un ejercicio continuo de prudencia, un asunto que ha estado en discusión en distintos estados. En su caso, sugirió que la cancelación del permiso de conducir, para una primera convicción, fuera de diez años.
La revocación del privilegio, agregó Emanuelli, podría proceder tras una segunda convicción o si en esa primera convicción mediase un agravante y que a raíz de esa conducta se ocasione la muerte o un daño corporal permanente, lee el informe.
“Insistiría en que fuera una revocación permanente si, finalmente, el Senado aprueba una suspensión por cinco años”, subrayó Meléndez, quien no descartó la posibilidad de establecer penalidades distintas en aquellas instancias en las que, como resultado del uso negligente del arma de fuego, haya una fatalidad. “El hecho de que una persona participe activamente en este tipo de actuación, tiene que tener consecuencias severas”, apuntó.
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