Por entender que la orden del Tribunal de Apelaciones para que el Municipio de Carolina desaloje a los manifestantes que ocupan un predio de terreno en el balneario Isla Verde podría representar una violación a sus derechos constitucionales, los abogados del gobierno carolinense someterán próximamente un recurso de reconsideración.
Según el Municipio de Carolina, correspondería a los alguaciles de la Oficina de la Administración de los Tribunales (OAT) desalojar a los miembros del grupo Amigos del Mar de un predio de cinco cuerdas de terreno contiguas al balneario. Ese solar está arrendado a la compañía CH Properties, corporación que administra el Hotel Marriott de Isla Verde. Los manifestantes mantienen un campamento en el lugar hace más de 10 años para evitar que la hospedería utilice el terreno como estacionamiento o para otros fines.
El pasado jueves, el Tribunal de Apelaciones determinó que el Municipio de Carolina debe desalojar al citado grupo, pero el alcalde José Carlos Aponte Dalmau se pronunció en contra.
“Ningún Tribunal en Puerto Rico puede violar el derecho al debido proceso en ley, a cualquier parte que no ha sido notificada ni emplazada de desahucio, a que tenga su día en corte. Estas personas (refiriéndose a los ocupantes del terreno) no han sido parte en el caso, por lo que no se les puede imponer una orden en contra de los derechos que les garantiza nuestra Constitución”, sostuvo Aponte Dalmau.
El alcalde carolinense expuso que el pleito legal que culminó con la orden para que su municipio desaloje a los manifestantes es únicamente entre el municipio y CH Properties. Recordó que fue el mismo Tribunal el que no les permitió a los manifestantes tener participación en el pleito.
Dijo que si el Tribunal de Apelaciones no cambia su postura, impugnarán su determinación en el Tribunal Supremo.
“Las instrucciones dadas por el Tribunal de Apelaciones están en contra del estado de derecho y en ausencia de jurisdicción en la materia”, afirmó Aponte Dalmau.
Los abogados del ayuntamiento acudieron al foro apelativo para tratar de revertir una determinación del juez Wilfredo Maldonado García, del Tribunal de Carolina, quien ordenó al ayuntamiento desalojar a los manifestantes luego de acoger una solicitud de sentencia por transacción, que parecía haber puesto punto final a una larga pugna judicial sobre la validez del contrato de arrendamiento.
El ayuntamiento no cumplió con la orden del togado porque alegó que correspondía a los alguaciles del centro judicial realizar ese trámite.
Luego de analizar la controversia, el panel compuesto por los jueces María del Carmen Gómez Córdova, Gerardo Flores García y Fernando Bonilla Ortiz concurrió con la determinación del juez Maldonado García y rechazó expedir el auto de certiorari que procuraba el municipio.
“La parte peticionaria (el ayuntamiento) conforme exige el Código Civil tiene la obligación de entregar al arrendatario la posesión del terreno objeto del contrato, así como mantenerlo en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato”, afirmaron los jueces en una resolución escrita por el juez Flores García.
“Las partes en un contrato de arrendamiento válido, como el presente, no pueden exigir que el tribunal se sitúe en la posición de una de las partes para cumplir con una obligación impuesta por ley, como en este caso, la de colocar y mantener a una parte en el goce pacífico de la finca”, agregaron.