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¿Cuáles condiciones debía cumplir en su programa de desvío el presunto asesino de una mujer en Morovis?

Una de ellas incluía no gestionar, poseer ni portar armas blancas o de fuego

16 de abril de 2024 - 8:41 AM

Balanza Justicia
Luis Cruz Santiago se encuentra hospitalizado luego de que recibiera heridas de bala en un intento de la Policía Municipal de repeler su ataque. (Shutterstock)

El presunto asesino de una mujer en un cuartel de la Policía Municipal de Morovis, el pasado sábado, estaba en un programa de desvío por violaciones a la Ley 54 para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica por un caso que se remonta a 2022 e involucraba a otra víctima.

Sin embargo, el hecho de someterse al programa de desvío no detuvo al individuo, quien el sábado disparó contra Jackeline Santiago Rodríguez.

De acuerdo con una resolución del caso reportado hace dos años -expedida el 9 de marzo de 2023 en el Tribunal de Arecibo- a Luis Cruz Santiago se le radicaron tres cargos por violaciones a la Ley Contra la Violencia Doméstica (Ley 54): maltrato, maltrato mediante amenaza y maltrato mediante la restricción de la libertad.

No obstante, Cruz Santiago llegó a un acuerdo con la fiscalía para acogerse a un programa de desvío en el cual mantendría su libertad si cumplía con las disposiciones de la ley de desvío.

Las condiciones que Cruz Santiago debía cumplir eran las siguientes:

  • Completar 52 terapias grupales en el área de agresores de violencia doméstica, así como terapias individuales de reeducación para ofensores de la Ley 54 y otras en el área de prevención en el uso de sustancias controladas
  • No gestionar, poseer y portar armas blancas ni de fuego
  • No intervenir ni acercarse a la parte perjudicada, bajo ningún concepto
  • Someterse a pruebas toxicológicas sorpresivas
  • Recibir supervisiones nocturnas
  • Estar en su hogar no más tarde de las 7:00 p.m.
  • Mantenerse estudiando o trabajando
  • No cambiar de dirección

Según el Departamento de Corrección y Rehabilitación, Cruz Santiago cumplió con 12 sesiones de terapias preventivas por adicción al alcohol y 52 terapias grupales por Ley 54 con terapeutas del programa de desvío Cuaresma. No obstante, en sus terapias individuales, el individuo solo cumplió con 11 de las 12 que se le ordenaron.

“A esta fecha le quedaba 1 terapia individual para culminar su programa de desvío”, leen las declaraciones oficiales del Departamento de Corrección enviadas a El Nuevo Día.

Mientras el presunto agresor se mantenía en el programa de desvío, el sábado Jackeline Santiago Rodríguez se convirtió en la octava víctima de feminicidio en Puerto Rico en lo que va de año.

Los hechos se dieron en el interior del cuartel de la Policía Municipal de Morovis, donde Cruz Santiago presuntamente sacó un arma de fuego para la que no poseía licencia y disparó contra la mujer mientras esta se encontraba en el retén. Un agente que estaba presente intentó repeler el ataque, hiriendo en la cabeza, el cuello y el brazo izquierdo al hombre, quien luego fue llevado al hospital en una condición que describieron como estable.

¿Dónde se ubicaba al presunto agresor en su programa de desvío?

La fiscal Laura Hernández, directora de la división de Coordinación de Unidades Especiales, explicó que Cruz Santiago cumplía con todos los requisitos para ser sentenciado a un programa de desvío. En su caso, no había tenido convicción previa ni había tenido violaciones a órdenes de protección previas. Además, admitió los hechos tras alcanzar un acuerdo de culpabilidad preacordada con la Fiscalía que le redujo uno de los cargos del 3.4 de la Ley 54 (maltrato mediante restricción de libertad) al 3.1 (maltrato).

Aunque Cruz Santiago había tenido una imputación, en 2020, por amenazar con un cuchillo a una expareja, al no concretarse una convicción, estas alegaciones no influían en su cualificación para el programa de desvío.

”Previo a someterlo al Tribunal, (la Fiscalía) lo consulta con la dama perjudicada y se le explicó que se estaba haciendo la recomendación de reclasificación y que, a cambio de la reclasificación, él aceptaría la comisión de los hechos, se declararía culpable y se le recomendaría al Tribunal que se le considerar a todas las penas que tenía disponible, incluyendo el desvío”, detalló la fiscal Hernández, en entrevista con El Nuevo Día, cuando indicó que el informe presentencia fue “favorable” para el desvío y contó con la aprobación de la sobreviviente.

La funcionaria estableció que en todas las vistas de seguimiento al desvío, donde el técnico sociopenal asignado a la persona actualiza su progreso, se reflejaban unos “ajustes favorables”.

Como parte de los beneficios de los programas de desvío, si se cumple a cabalidad con todas las condiciones, el delito desaparece del récord para fines de obtener certificados de buena conducta para buscar empleo, entre otros. Sin embargo, la convicción permanece en los sistemas de procesamiento criminal, por lo que personas reincidentes no deben cualificar.

Por otro lado, este medio supo que la unidad especializada de la Fiscalía de Arecibo está levantando la evidencia para que, una vez Cruz Santiago sea dado de alta, se le radiquen los cargos por feminicidio.

Puede ver el documento completo aquí:

La periodista Valeria María Torres Nieves colaboró en el desarrollo de esta noticia.

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