Edicto

99944055 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AIBONITO ESTEBAN RIVERA FELICIANO PETICIONARIO EXPARTE Civil num AI2025CV00497 sobre expediente de dominio EDICTO ENMENDADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO a Estado Libre Asociado de Puerto Rico, colindantes desconocidos, todas las personas ignoradas, desconocidas, quien se pudiera perjudicar por la inscripción de dominio a favor del peticionario en el Registro de la Propiedad de la finca que mas adelante se describiera y a todas las personas que con derecho para ello quisieran oponerse a este expediente. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica https://unired.ramajudicial.pr, dentro del término de 20 días, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. POR LA PRESENTE, se le notifica que se ha radicado en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito una solicitud del peticionario, que se declare justificado a su favor el dominio de la siguiente propiedad: Rústica: Predio de terreno localizado en el Barrio Asomante del término municipal de Aibonito, Puerto Rico, compuesto de 5.4404 cuerdas, equivalentes a 21382.7984 metros cuadrados y en lindes por el Norte, con terrenos de Alejo Camacho Torres; Sur, con terrenos de Victor Ortiz Quiñones y Ricardo Ramón Rivera García; Este, con la carretera estatal #14; y por el Oeste, con camino municipal existente, asfaltado. Enclava estructura residencial y otras estructuras. La misma no consta inscrita en el Registro de la Propiedad, y está libre de cargas y gravámenes. Catastro: 322 000 002 72. Este tribunal ha ordenado la publicación de este edicto, tres veces en un término de veinte días para que a partir de treinta días desde la publicación del último edicto, se apercibe a toda parte interesada que comparezca a este tribunal y de no haber oposición alguna a este expediente se procederá luego de celebrada la vista con la prueba que ofrezcan los peticionarios, a dictar sentencia aprobando este expediente y ordenando la inscripción en el Registro de la Propiedad del pleno dominio a favor de los peticionarios, de la finca antes descrita. En AIBONITO, Puerto Rico a 28 de abril de 2026. Mayra L Cabrera Garcia Secretaria Maritza Aponte Rodriguez Secretaria Auxiliar

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