77745433 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO NILSA FARÍAS ROMÁN PETICIONARIA Vs. EX PARTE CIVIL NUM. AR2026CV01149 SALA: SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINO 30L.P.R.A. 6291 EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: LAS PERSONAS IGNORADAS AUSENTES Y DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCIÓN DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MÁS ADELANTE SE DESCRIBIRÁ Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE. POR LA PRESENTE se les notifica para que comparezcan, si lo creyeren pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la finca que se describe más adelante. Usted deberá presentar su posición a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de expresarse dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia, previo a escuchar la prueba de valor de la parte peticionaria en su contra, sin más citarle ni oírle, y conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. RÚSTICA: Solar radicado en el barrio Arenalejos de Arecibo, Puerto Rico de una cabida superficial de Trescientos Setenta y Tres Punto Cero Tres Seis Dos Metros Cuadrados (373.0362 m.c.). En lindes por el NORTE en una distancia de Caturce Punto Cero Ocho Metros (14.08 m), con terrenos antes de Julia Colón, hoy con Carmen D. Faría Faría; por el SUR, en una distancia de Trece Punto Cero Nueve metros (13.09 m), con terrenos antes de Sucesión José Faría hoy con con Carmen D. Faría Faría; por el ESTE, en una distancia de Veintisiete Punto Cuarenta y Un Metros (27.41 m), con Camino Municipal y por el OESTE, en dos (2) alineaciones con distancias de Once Punto Cuarenta y Nueve Metros (11.49 m.) y Diecisiete Punto Treinta y Cuatro Metros (17.4 m.) respectivamente, con terrenos antes de la Sucesión María Faría, hoy con Carmen D. Faría Faría. Enclava una estructura dedicada a vivienda. NO CONSTA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. NÚMERO DE CATASTRO: 06 053 023 215 11 000. TÍTULO: La peticionaria adquirió la propiedad de sus padres Celina Román Rivera y José Faría Sánchez. Abogada de la peticionaria: Lcda. Lourdes M. Cordero Morales, PO Box 875, Camuy, PR 00613 0875. TEL: (787) 262 3383; lmcnotificaciones@gmail.com Este edicto deberá ser publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de veinte (20) días, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, se identificará en letra tamaño 10 puntos y negrillas, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados en el término improrrogable de veinte (20) días a contar de la fecha de la última publicación del edicto, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la parte peticionaria, sin más citarle ni oírle. Arecibo, Puerto Rico a 9 de junio de 2026. VIVIAN Y. FRESSE GONZALEZ SECRETARIA (O) Pilar H. Mercado González SUB SECRETARIA (O)