30140832 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ ILDEFONSO CASTRO GUZMAN & RAMONA CRUZ PEREZ Peticionario Ex Parte CASO CIVIL NÚMERO: MZ2026CV00189 SALA 307 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO E.U A. PRESIDENTE DE LOS E.U E.L.A. DE P.R A: A CUALQUIER PARTE CON INTERÉS, DERECHO REAL SOBRE EL INMUEBLE O PARTES IGNORADAS O DESCONOCIDAS Por la presente se notifica que se ha presentado ente este Tribunal el expediente arriba mencionado, con el fin de justificar e inscribir a favor de la parte Promovente el dominio que tiene sobre la siguiente finca: RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Minilla Altos Sector Valerio Vélez del término municipal de Sabana Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos noventa y cinco puntos ocho mil setenta y dos metros cuadrados (395.8072 m/c) equivalentes a cero puntos ocho mil setenta y dos metros cuadrados (395.8072 m.c.) equivalentes a cero puntos mil siete diezmilésima de cuerda (0.1007 cuerda) y en lindes; por el Norte, con un lote de terreno del Sr. Ildefonso Castro Guzmán y el sr. Milton Lugo Ortiz; por el Sur y Este, con una calle de Uso Público que la separa de los terrenos propiedad del Sr. Eddie Guzmán Sáez y la Sra. Mariela López Torres; por el Oeste, con un predio de terreno propiedad de la Sucesión de Don Víctor Cruz. Dicha propiedad no consta inscrita ante el Registro de la Propiedad. El peticionario de epígrafe Don Ildefonso Castro Guzmán, adquirió la propiedad mediante cesión verbal que le hicieran su Madre María Baudilia Cruz Albino, allá para el año mil novecientos ochenta y cinco (1985). Estos llegaron a un acuerdo de cesión verbal de un predio de terreno por la cantidad de trescientos noventa y cinco puntos ocho mil setenta y dos metros cuadrados (395.8072 m.c.). El abogado de la parte Promovente son los Los abogados de la parte Promovente son Licenciados José R. Milan Muñiz y el Licenciado José R. Milan Negrón. Y se le notifica a ustedes que este Tribunal ha ordenado que se le cite a ustedes, para que si se viesen perjudicados, hagan oposición a este expediente a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), advirtiéndoles que de no hacer oposición dentro del término de veinte (20) días a contar desde que fueran ustedes notificados de esta citación, la Parte Promovente podrá solicitar y obtener la aprobación de este expediente y su correspondiente inscripción a su nombre en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de San German, el dominio de la finca anteriormente descrita. POR ORDEN DEL HONORABLE Tomás E. Báez Collado Juez de este Tribunal, expido la presente en Mayagüez, Puerto Rico, hoy día 10 de abril del 2026. Bajo mi firma y sello oficial. Lcda. Norma G. Santana Irizarry SECRETARIA DEL TRIBUNAL Annette Guzmán Medina SECRETARIA AUXILIAR