77745928 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA DE FAMILIA Y MENORES DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA PARTE DEMANDANTE V. BERNICE MOYENO RIVERA, CHRISTIAN J. RODRÍGUEZ ORTIZ PARTE DEMANDADA CIVIL NÚM: CT2026MM00001 SALA: 3005 SOBRE: LEY 57 2023, MALTRATO DE MENORES EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Christian José Rodríguez Ortiz #124 Avenida Ponce de León Barrio Amelia Guaynabo, Puerto Rico 00965 POR LA PRESENTE se emplaza para que presente al Tribunal su alegación responsiva en o antes del 13 de agosto de 2026, fecha en la cual se encuentra señalada la vista de Ratificación de Custodia a tenor con el Artículo 34 de la Ley 57 del 10 de mayo de 2023. Acompañamos con la presente, Petición de Emergencia sobre Remoción y Custodia de la menor Leah Kamile Rodriguez Moyeno y Resolución y Orden de Remoción y Custodia de Emergencia dictada por el Tribunal el 17 de abril de 2026. Se exige su comparecencia para el señalamiento del 13 de agosto de 2026 a las 11:00 de la mañana de manera presencial en el Tribunal de Familia y Menores ubicado en #4690 Carretera #167, PR 167, Bayamón, Puerto Rico y/o informar su correo electrónico para que pueda acceder de manera virtual. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica:https://www.poderjudicial.pr/index.php/tribunal electronico/, salvo que el caso sea de un expediente fisico o que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaria del Tribunal y notificar copia de la misma al (a la) abogado(a) de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Se le apercibe que de usted no comparecer a la vista podrá anotársele la rebeldia y dictarse sentencia en su contra y conceder el remedio solicitado, que puede incluir la ubicación permanente de la menor fuera de su hogar y el inicio de procesos para la privación de patria potestad, y cualquier otra medida en el mejor interés de la menor. (Articulo 33, incisos by f de la Ley Núm. 57 2023). Se le advierte de su derecho a comparecer acompañada de abogado(a). LCDA. YELITZA Y. CRUZ MELÉNDEZ TSPR/RUA Núm. 13,431 ycruz@iguinaoharriz.com 100 Carr. 165 Suite 509, Guaynabo, Puerto Rico 00968 8052 Tel: 787 641 5014 / Fax: 787 641 5016 EXPEDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy 16 de Junio de 2026. Alicia Ayala Sanjurjo Secretaria Regional YARITZA ROBLES Secretaria (o) Auxiliar