30141428 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA CHRISTIAN RAMÍREZ CARABALLO, JENNIFFER DÍAZ DELGADO, ÁNGEL L. DÍAZ ORTA, ROSA M. DÍAZ ORTA, CARMEN A. DÍAZ ORTA, SONIA DÍAZ ORTA, ELENA DÍAZ ORTA, GILBERTO DÍAZ ORTA, SANDRA I. CALCAÑO DÍAZ, RUBÉN DONES DÍAZ Demandante v. CARLOS CALCAÑO DÍAZ, NELSON MIGUEL DÍAZ, ELIZABETH DÍAZ, ALEXANDER DÍAZ, MARÍA DEL CARMEN ACUÑA (DE DÍAZ), DANIEL ISAAC DÍAZ, LAURA DEL ROSARIO DÍAZ y MISAEL EMMANUEL DÍAZ Demandados CIVIL NÚM.: CA2026CV00809 SALA: 407 SOBRE: PARTICIÓN DE HERENCIA Y DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRACTUALES EMPLAZAMIENTO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACIÓN JUDICIAL POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Carlos Calcaño Díaz, HC 1 Box 3055, Loíza, PR 00772 9836 y HC 2 Box 5452, Loíza, PR 00772 9726 Nelson Miguel Díaz, 170 avenida Garfield, Colonia, NJ 07067; Elizabeth Díaz, 523 Richmond St., NJ 07202; María del Carmen Acuña (de Díaz), 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758; Daniel Isaac Díaz, 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758; Misael Emmanuel Díaz, 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758 Laura del Rosario Díaz, 57 Wadsworth St., Hartford, CT 06106; y, Alexander Díaz, 46 Forest Rd., Wallingford, CT 06492; Por la presente se les notifica que ha sido presentada en este Tribunal en su contra una Demanda en el pleito de epígrafe. Se les advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general de la Isla de Puerto Rico una (1) sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://www. poderjudicial. pr/index. ph p/tribunal electronico/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal de Carolina, Sala Superior, con copia al representante legal de la parte demandante dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se les anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarles ni oírles, disponiéndose además, que en los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, la parte demandante les dirigirá por correo certificado con acuse se recibo, copia de la Demanda y del Emplazamiento y Mandamiento de Interpelación Judicial por Edicto a sus últimas direcciones conocidas en: a Carlos Calcaño Díaz, en el HC 1 Box 3055, Loíza, PR 00772 9836 y HC 2 Box 5452, Loíza, PR 00772 9726; a Nelson Miguel Díaz en el 170 avenida Garfield, Woodbridge, NJ 07067; a María del Carmen Acuña (de Díaz) en el 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758; a Daniel Isaac Díaz en el 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758; a Elizabeth Díaz en el 523 Richmond St., Elizabeth, NJ 07202; a Alexander Díaz en el 46 Forest Rd., Wallingford, CT 06492; a Laura del Rosario Díaz en el 57 Wadsworth St., Hartford, CT 06106 y a Misael Emmanuel Díaz en el 1905 Kimlyn Cr., Kissimmee, FL 34758. Además, se les interpela judicialmente, a tenor con el Artículo 959 del Código Civil de Puerto Rico, Ley 55 2020, según enmendada, 31 LPRA Sección 2787, para que en un término de treinta (30) días de haber sido publicado este edicto, excluyendo el día de su publicación, ACEPTEN O REPUDIEN, mediante instrumento público o comparecencia judicial especial, la participación que les corresponde en la herencia de los causantes, Miguel Ángel Díaz Ortiz y Laura Orta Feliciano, apercibiéndoseles que de no expresarse dentro de dicho término, se tendrá por aceptada la herencia. B.B.V.A. y. Latinoamericana, 164 DPR 689 (2005), por lo que responderán por las cargas de dicha herencia. EXPEDIDO por Orden de la Jueza Superior del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, el 16 de abril de 2026. EXTENDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 16 de abril de 2026. Lcda. Kanelly Zayas Roble Secretaria Regional Por: Maricruz Aponte Alicea Secretaria Auxiliar del Tribunal