MT99945632 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE TOA BAJA SALA SUPERIOR United States Department of Agriculture, Rural Development, Demandante v. La Sucesión de Gladys Amaro Colón compuesta por Glaribel Piñero Amaro tcc Glaribel Piñero, Luis V. Piñero tcc Luis V. Piñero Amaro, Héctor R. Filomeno tcc Héctor Rámon Filomero tcc Héctor Ramón Filomeno Amaro y Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos, Demandados. CIVIL num.: BY2026CV01966 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACIÓN ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A la parte demandada: La Sucesión de Gladys Amaro Colón compuesta por Glaribel Piñero Amaro tcc Glaribel Piñero, Luis V. Piñero tcc Luis V. Piñero Amaro y Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos, a su última dirección conocida FISICA: Ext La Inmaculada DD7, Toa Baja, PR 00759 POSTAL Urb Ext La Inmaculada DD7 Calle Santa Fe, Toa Baja, PR 00949 3992; 5925 Ceylon Ct Apt. 6, West Palm Brach, FL 33415; 2867 Maple St, Colombus, IN 47201 3139 Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $11,278.67 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.750% anual desde el 21 de mayo de 2021. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante el subsidio, las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $5,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 14, otorgada ante el Notario Elizabeth Alvarez de Barbosa, el día 21 de febrero de 1990, sobre la finca número 26946 inscrita al folio 200 del Tomo 489 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si comparece por derecho propio y no radica por SUMAC debe enviar copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTÍNEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN a la Lcda. Vanessa M. Torres Quiñones vtorres@martineztorreslaw.com P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919 2938; Tel (787) 767 8244, Fax (787) 767 1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oirle(s). Se ordena a los herederos de la causante, a saber: Glaribel Piñero Amaro tcc Glaribel Piñero, Luis V. Piñero tcc Luis V. Piñero Amaro, Héctor R. Filomeno tcc Héctor Rámon Filomero tcc Héctor Ramón Filomeno Amaro y Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos (en conjunto los herederos), a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto, ACEPTEN O REPUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de la causante Gladys Amaro Colón. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 10 de junio de 2026, en Toa Baja, Puerto Rico. ALICIA AYALA SANJURJO SECRETARIA MARTIZA BONILLA HERNANDEZ SECRETARIA AUXILIAR