77748485 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR SANTA ROSA MALL, LLC representada por su agente administrador COMMERCIAL CENTERS MANAGEMENT REALTY S. en C. Parte Demandante vs. REACH INVESTMENTS LLC; ANGEL ZANDEL DEL VALLE ADORNO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NÚM.: BY2025CV00890 SOBRE: PROCEDIMIENTO SUMARIO DE DESAHUCIO; COBRO DE DINERO AVISO DE PÚBLICA SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: REACH INVESTMENTS LLC y ÁNGEL ZANDEL DEL VALLE ADORNO. Física y Postal: 94 Azalea Ciudad Jardín I, Toa Alta, PR 00953. PÚBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento con los términos del Mandamiento de Ejecución expedido en el caso de epígrafe por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada sobre los bienes muebles de REACH INVESTMENTS LLC y ÁNGEL ZANDEL DEL VALLE ADORNO, que se describen de la siguiente manera: 1 Mesa de trabajo multiuso en stainless steel con conexión a gas y conexión a receptáculo eléctrico de 11 pies de largo y 3 pies de alto. 2 Cuatro (4) Televisores de 43 pulgadas marca Hisense Roku, modelo 43R6090G. 3 Horno doble gaveta marca Wells. 4 Máquina de hielo marca Hoshizaki, modelo MBF8503GM. 5 Nevera doble puerta marca Cool Box. 6 Nevera puerta sencilla, modelo T23F. 7 Dos (2) freidoras marca Heavy Duty System (HDS). 8 Freidora marca Pitco. 9 Caja fuerte digital marca Sentry Safe, modelo HL100ESN227005928E. 10 Dos (2) monitores Samsung. 11 Light Bulb marca Hatco Glo Ray. 12 Nevera pequeña marca Frigidaire. 13 Electric Food Warmer, modelo FWS500. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que el licitador y/o mejor pastor pagará el importe de su oferta en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. E. Dicha subasta se celebrará para con el importe de la misma satisfacer a la Parte Demandante la suma de $29,564.94 de principal, más la renta e intereses acumulados hasta la fecha de su pago definitivo, así como los cargos por mora, costas, gastos y honorarios de abogados incurridos en el presente litigio. F. Esta subasta no cuenta con tipo mínimo por tratarse de una ejecución de sentencia por embargo. G. La subasta se celebrará el día 14 de agosto de 2026 a la 9:30 de la mañana en el local comercial FC05 del Centro Comercial Santa Rosa Mall, ubicado en Bayamón, Puerto Rico. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 22 de julio de 2026 en Bayamón, Puerto Rico. DAMARIS DIAZ ROJAS ALGUACIL