99941099 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY FSB AS TRUSTEE OF FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUISITION TRUST 2018 HB1 Demandante vs CARMEN CLOTILDE DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN C. DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN CLOTILDE DIONISI tcc CARMEN C. DIONISI tcc CARMEN DIONISI; GONZALO GONZALEZ CRUZ tcc GONZALO GONZALEZ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Demandados Civil num MZ2019CV00173 sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Centro Judicial de Mayagüez Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 13 de mayo de 2026, a las 11:30am en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia Centro Judicial de Mayagüez Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en SR 109 KM 2.6 AÑASCO ARRIBA WARD, AÑASCO, PR 00610 y que se describe a continuación: URBANA: SOLAR CON UNA CABIDA SUPERFICIAL DE NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CINCUENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS EN LA ZONA URBANA DEL PUEBLO DE AÑASCO, PUERTO RICO. COLINDA AL NORTE, CON LA FINCA CARMEN IVETTE SANTINI CASILLAS; AL SUR, CON PROPIEDAD DE MIGUEL A. GARCÍA MÉNDEZ; AL ESTE, CON LA SUCESIÓN DE GERARDO VÉLEZ; Y AL OESTE, SU FRENTE CON LA CARRETERA ESTATAL NÚMERO CIENTO NUEVE. Dicha propiedad consta inscrita en el folio 153 del tomo 78 de Añasco, número de finca 2,602, Registro de la Propiedad de Mayagüez. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $492,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 20 de mayo de 2026, a las 11:30am. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $328,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 27 de mayo de 2026, a las 11:30am. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $246,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 104 el día 1 de marzo de 2011, ante la Notario Laura Mia González Bonilla. y consta inscrita en el Folio 179 del Tomo 278 de Añasco, finca número 2,602, en el Registro de la Propiedad de Mayagüez, inscripción 5ta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $330,235.25 de principal; más intereses al tipo pactado de 5.310%; más costas, gastos y honorarios de abogados pactados en un 10% del principal del pagaré. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia Centro Judicial de Mayagüez Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: en garantía de un pagare a favor de Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma de $492,000.00, intereses al 5.310% anual, a vencer el 24 de noviembre del 2093, según consta de la escritura numero 105, otorgada en San Juan, el 1 de marzo del 2011, ante la Notario Laura Mia Gonzalez Bonilla, inscrita al folio 17 del tomo 278 de Añasco, finca 2602, inscripcion 6ta. REVERSE MORTGAGE. DEMANDA: Tribunal de Primera Instancia sala de Mayaguez, caso civil MZ2019CV00173 del 12 de febrero del 2019, Demandado(s): CARMEN CLOTILDE DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN C. DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN DIONISI GONZALEZ tcc CARMEN CLOTILDE DIONISI tcc CARMEN C. DIONISI tcc CARMEN DIONISI; GONZALO GONZALEZ CRUZ tcc GONZALO GONZALEZ, Demandante: WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY FSB AS TRUSTEE OF FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUISITION TRUST 2018 HB1, se reclama el pago por la suma de $195,626.80 mas intereses, costas, gastos y honorarios de abogados, anotada al sistema karibe finca 2602 de Añasco, anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 112 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en MAYAGUEZ, Puerto Rico, hoy día 4 de abril de 2026. Hector J. Hernandez Santiago Alguacil Abogados de la parte demandante: Robertson, Anschutz, Schneid, Crane & Partners, PLLC 100 CLL Acuarela Street, Suite 303 Guaynabo, PR 00969 Phone: (787) 988 7135 Email: prservice@raslg.com