Edicto

99941535 GOBIERNO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN LUNA RESIDENTIAL II, LLC DEMANDANTE VS DIANA MACHUCA MEDINA, ARNANDY VEGA MACHUCA Y DIDIANA VEGA MACHUCA DEMANDADOS Civil num SJ2019CV10759 salon 508 sobre cobro de dinero ordinario y otros AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, a nombre del Alguacil de Tribunal, el día 26 de mayo de 2026, a las 11:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior de San Juan, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad Finca Número 24,752, sobre la propiedad que se describe a continuación: Propiedad Horizontal: Condominio Jardines de Guayama de Río Piedras Norte. Apartamento: E 305. Cabida 64.95 metros cuadrados. Urbana: Propiedad Horizontal: Apartamento Residencial Número E – Trescientos Cinco (E 305) ubicado en el Edificio E del Condominio Jardines de Guayama (VBC 55), localizado entre las calles España, Francia y Guayama, Barrio Hato Rey, Río Piedras, Puerto Rico, con un área privada de seiscientos noventa y nueve punto ciento veinticinco pies cuadrados, equivalentes a sesenta y cuatro punto noventa y cinco metros cuadrados, el cual contiene sala, comedor, cocina, baño y tres dormitorios, colindando por el Noreste, con parte de solar donde enclava el edificio, por el Suroeste, con parte del solar donde enclava el edificio y el vestíbulo que da acceso a la entrada del edificio; por el Sureste, con pared del solar donde enclava el edificio; por el Noreste, con el apartamento E Trescientos Cuatro pared medianera. Le corresponde una participación de.3427% en los elementos comunes y de 2.0563% e los elementos comunes limitados. Inscrita al folio 80 del Tomo 852 de Río Piedras Norte, Finca Número 24,752, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de San Juan. Dirección Física: Condominio Jardines de Guayama, Apartamento E 305, Barrio Hato Rey, San Juan, PR. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $41,109.75. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 de junio de 2026, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $27,406.50. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 de junio de 2026, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $20,554.88. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la Escritura de Hipoteca en Garantía de Pagaré Número 5, en San Juan, Puerto Rico, el 19 de mayo de 2005, ante la Notario Público Mónica Díaz Nieves, y consta inscrita al Folio 80 del Tomo 852 de Río Piedras Norte, Finca Número 24,752. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o la suma parcialmente según sea el caso, por lo que la parte demandada adeuda la suma de $13,058.83 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 9.530% anual, desde el día 24 de febrero de 2023, hasta su completo pago, más las primas de seguros estipuladas en la escritura de hipoteca, contribuciones de la propiedad de aplicar y contra riesgos, más recargos por demora, más los intereses devengados y la cantidad estipulada de $8,221.95 para costas, gastos y honorarios de abogado. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionados en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior de San Juan, durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general se informa que de conformidad al Registro de la Propiedad la Finca #24,752 antes descrita esta afecta a los siguientes gravámenes preferentes a la hipoteca cuya ejecución se procura: i. Por su procedencia esta afecta a: a. Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. b. Condiciones de venta. PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general se informa que de conformidad al Registro de la Propiedad la Finca #24,752, antes descrita tiene el siguiente gravamen posterior a la hipoteca ejecutada: Aviso de Demanda de fecha 14 de octubre de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el Caso Civil número SJ2019CV10759, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por el Banco Santander de Puerto Rico versus Diana Machuca Medina; Arnandy y Didiana de apellidos Vega Machuca, por la suma de $19,905.99, más intereses y otras sumas adicionales o en su defecto la venta en Pública Subasta, anotado el día 6 de noviembre de 2019, al tomo Karibe de Río Piedras Norte, finca número 24,752, Anotación A. Se advierte a su vez que la parte demandane es tenedora del Aviso de demanda antes descrito el cual fue presentaddo a lo fines de anunciar el pleito de epígrafe. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Se publicará además el Edicto de subasta en la colecturía del lugar de residencia del demandado cuando ésta fuera conocida. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 20 de abril de 2026. Pedro Hieye González ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

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