MT99941412 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN SEBASTIÁN SALA SUPERIOR GITSIT Solutions, LLC, not in its individual capacity but solely in its capacity as Separate Trustee of GV Trust 2025 1, Demandante v. La Sucesión de Doris Nereida Ramírez Soto tcc Doris N. Ramírez tcc Doris Ramírez Soto tcc Doris N. Ramírez Soto compuesta por Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos Demandados Civil num SS2025CV00798 sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN SEBASTIÁN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE JUNIO DE 2026, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN SEBASTIÁN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en PR 497 KM 26.6 Pozas & Sonador Ward, San Sebastian PR 00685 y que se describe a continuación: RÚSTICA: Sita en el Barrio Pozas y Sonador de San Sebastián, Puerto Rico. Con una cabida de 1,454.2456 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con Andrés M. Lebrón; por el Sur, con uso público; por el Este, con Angel Traverzo; y por el Oeste, con Sucesión Lebrón. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 129 del Tomo 89 de San Sebastián, finca número 3823, en el Registro de la Propiedad de San Sebastián. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $225,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE JUNIO DE 2026, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $150,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE JUNIO DE 2026, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $112,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 493, otorgada el día 22 de junio de 2011, ante el Notario María Georgina Chévere Mouriño y consta inscrita en el Folio 116 del Tomo 474 de San Sebastián, finca número 3823, en el Registro de la Propiedad de San Sebastián, inscripción décimosexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $232,451.28 más intereses al tipo pactado de 5.060% anual desde el 22 de marzo de 2024. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Los cargos por servicio y las primas de seguro continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $22,500.00. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN SEBASTIÁN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Caso civil seguido por GITSIT Solutions, LLC., not in its individual capacity but solely in its capacity as separate Trustee of GV Trust 2025 1vs la Sucesión de Doris Nereida Ramírez Soto tcc Doris N. Ramírez tcc Doris Ramírez Soto tcc Doris N. Ramírez Soto compuesta por Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos, ante el Tribunal Superior de Puerto Rico Sala de San Sebastián, número civil SS2025CV00798, sobre Ejecución Hipotecaria (IN REM), solicitando el pago de la hipoteca con un saldo pendiente de $232,451.28 y otras sumas, según la demanda fechada el 7 de noviembre de 2025. Inscrito en el Sistema Karibe de San Sebastián. Anotación B. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Sebastián, Puerto Rico, hoy día 15 de ABRIL de 2026. FDO. LUIS A. NIEVES RIVERA ALGUACIL CONFIDENCIAL 659 Abogado de la parte demandante: MARTÍNEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. P.O. Box 192938 San Juan, PR 00919 2938 Tel (787)767 8244 subastamt@martineztorreslaw.com