Edicto

30143888 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN SEBASTIÁN Cooperativa de Ahorro y Crédito de Yauco (Yaucoop) Demandante vs. DESARROLLADORA SANDERS INC.; Alexander Rosado Ríos; Zoraida Ruiz Cruz y la sociedad legal de gananciales Demandados Civil Núm.: A2C1201600741 Sobre: Ejecución de Hipoteca AVISO DE SUBASTA PÚBLICA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Toda persona interesada: El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Sebastián, procederé a vender todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos, en el inmueble aquí descrito, en pública subasta y al mejor postor, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por concepto de la subasta será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El inmueble se describe a continuación: Rústica: parcela radicada en el sector Quinto del Río del Barrio Culebrinas del término municipal de San Sebastián, Puerto Rico, con una cabida superficial de 57,142 m2 equivalentes a 14.538 cuerdas. En lindes por el Norte con un caño área verde que la separa del remanente; Por el Sur, con Irving Ortiz y la Carretera Estatal 119; por el Este, con caño, área verde, Wilfredo Serrano, Javier González, Luis N. González y Camelia Cruz Carrero; y por el Oeste con Jorge Sánchez Lugo. Consta inscrita con carácter privativo a favor de Alexander Rosado Ríos, casado con Zoraida Ruiz Cruz bajo capitulaciones matrimoniales, según la escritura otorgada en San Germán el 2 de diciembre de 2003 ante el notario José E. Vélez Olivera. La misma consta inscrita al folio 150 tomo 590 de San Sebastián, Finca 27,209. La propiedad está localizada en la siguiente dirección: Carr. 119, Km. 40.4, Barrio Culebrinas, San Sebastián, Puerto Rico. Los autos y todos los documentos correspondientes estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Según la certificación registral, la propiedad no tiene cargas anteriores o gravámenes preferentes al crédito del ejecutante, y si los hubiere, todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y preferentes continuarán subsistentes y se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, una vez sea otorgada la escritura de venta judicial y obtenida la orden y mandamiento de cancelación de gravámenes posteriores. Se establece como tipo mínimo de licitación en la primera subasta la suma de $1,400,000.00, según pactado en la escritura de hipoteca y no se aceptará oferta inferior a este. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 8 de julio de 2026, a las 10:00 de la mañana, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Sebastián. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 15 de julio de 2026, a las 10:00 de la mañana, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, la suma de $933,333.33. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA Y ÚLTIMA SUBASTA el día 22 de julio de 2026, a las 10:00 de la mañana, y regirá como tipo de la tercera subasta la mitad del precio pactado, o sea $700,000.00. Si se declara desierta la tercera subasta se dará por terminado el proceso y podrá adjudicar la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia dictada a su favor por la suma de $2,102,034.48 dólares por concepto del contrato de hipoteca incumplido. A las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento están disponibles en la Secretaría del Tribunal, durante horas laborables. Este edicto de subasta se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante continuarán subsistentes. Se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y dicho otorgamiento constituye la transferencia real del dominio del inmueble de que se trate y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen.Expedido en San Sebastián, Puerto Rico, a 15 de mayo de 2026. LUIS A. NIEVES RIVERA ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA Alguacil Confidencial #659

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