99945182 GOBIERNO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA JUNTA DE RETIRO DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO COMO SUCESOR EN INTERÉS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA Demandante vs. LUIS ALBERTO SANTIAGO MELÉNDEZ tcc LUIS A. SANTIAGO MELÉNDEZ, CARMEN NEREIDA RODRÍGUEZ ZABALA tcc CARMEN N. RODRÍGUEZ ZABALA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandado Civil num VB2024CV00647 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca (vía ordinaria) AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior de Vega Baja, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque o en certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América, a nombre del Alguacil de Tribunal, el día 1 de julio de 2026, a las 9:45 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior de Vega Baja, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad Finca Número 22,289 y que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar: 502. COMUNIDAD RURAL SABANA de Vega Baja. Cabida: 437.7 Metros Cuadrados. Linderos: Norte, con la Calle #2 de la Comunidad. Sur, con la Autoridad de Tierras de Puerto Rico. Este, con zanjón que separa con la Parcela #503 de la Comunidad. Oeste, con la Parcela #501 de la Comunidad. Inscrita al Folio 240 del Tomo 265 de Vega Baja, Finca Número 22,289, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección IV de Bayamón. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $75,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 de julio de 2026, a las 9:45 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $50,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 de julio de 2026, a las 9:45 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $37,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la Escritura de Primera Hipoteca Número 101, otorgada en San Juan, ante el Notario Público Gilberto E. Padua Trabal y consta inscrita en el Folio 9 del Tomo 434 de Vega Baja, Finca Número 22,289, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección IV. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendiente a la suma de adeuda la suma de $50,301.28 por concepto de principal, desde el 1ro de agosto de 2018, más intereses al tipo pactado de 7.50% anual, desde el 1ro de julio de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación, más cualesquiera sumas de dinero por concepto de primas de seguro hipotecario y riesgo, contribuciones sobre la propiedad inmueble, recargos por demora, así como cualesquiera otras cantidades adicionales pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $6,360.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionados en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC). Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general se informa que de conformidad al Registro de la Propiedad la Finca #22,289 antes descrita esta afecta a los siguientes gravámenes preferentes a la hipoteca cuya ejecución se procura: i. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general se informa que de conformidad al Registro de la Propiedad la Finca #22,289, antes descrita tiene los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca ejecutada: Aviso de Demanda de fecha 16 de agosto de 2024, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el Caso Civil número VB2024CV00647, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por La Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, como Sucesor en Interés de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, contra Luis Alberto Santiago Meléndez, tambien conocido como Luis A. Santiago Meléndez, Carmen Nereida Rodríguez abala tambien conocida como Carmen N. Rodríguez Zabala y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $50,301.28, más intereses y otras sumas, anotado el día 26 de agosto de 2024, al tomo Karibe de Vega Baja, finca número 22,289, Anotación A y última. Se advierte a su vez que la parte demandante es la tenedora del Aviso de Demanda descrito, el cual fue presentado a los fines de anunciar el pleito de epígrafe. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Se publicará además el Edicto de subasta en la colecturía del lugar de residencia del demandado cuando ésta fuera conocida. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 08 de mayo de 2026. Edgardo Elias Vargas Santana Placa 193 ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN