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Senado legisla para exigir unanimidad en los veredictos de culpabilidad

La legislación fue parte de un paquete de 16 medidas incluidas en el calendario en el inicio de la sesión ordinaria, pero la mayoría fueron rechazadas

18 de agosto de 2025 - 1:48 PM

Updated At

Actualizado el 18 de agosto de 2025 - 7:21 PM

Las medidas que estuvieron en calendario para el primer día de sesión del Senado fueron evaluadas por la Comisión de lo Jurídico, que preside el senador Ángel Toledo. (Ramon "Tonito" Zayas)

A pesar de los fuertes cuestionamientos levantados por las minorías legislativas y la senadora novoprogresista Roxanna Soto Aguilú, el Senado aprobó este lunes un proyecto de ley del presidente Thomas Rivera Schatz para incluir en las Reglas de Procedimiento Criminal el requisito de unanimidad para los veredictos de culpabilidad, según dictaminó el Tribunal Supremo de Estados Unidos en 2020.

En el primer día de la sesión ordinaria, la portavoz del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), María de Lourdes Santiago, intentó sin éxito incluir una enmienda para eximir a los veredictos de absolución de la exigencia de unanimidad.

“Son los más vulnerables los que terminan perjudicados”, advirtió la legisladora sobre el Proyecto del Senado (PS) 35, avalado con 15 votos a favor y 10 en contra.

En 2020, el Supremo federal determinó que todo veredicto de culpabilidad en un caso criminal emitido por un jurado tiene que ser en votación unánime, eliminando los veredictos de culpabilidad por una mayoría de los jurados. Un año después, el Tribunal Supremo de Puerto Rico decidió que un jurado también debería votar de forma unánime para absolver a un acusado.

“Si el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha cometido un error craso de interpretación de un derecho fundamental es obligación de la Asamblea Legislativa ir por encima”, apuntó Santiago.

Soto Aguilú, de otro parte, dijo sentirse “defraudada” por la derrota de la enmienda propuesta por el PIP. “El mero hecho de que la mayoría del Tribunal Supremo de Puerto Rico... entienda que se necesita unanimidad no significa que nos debemos quedar de brazos cruzados y ser meramente ‘copy-paste’ (copiar y pegar) de lo que es el derecho constitucional en Puerto Rico”, sostuvo.

Procuran representación legal a menores

Mientras, el Senado dio paso también a un proyecto para garantizar que todo menor esté representado por un abogado cuando enfrente investigaciones y procedimientos al amparo de las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores (Ley 33-1987).

La legislación, de la autoría de la senadora de Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve, busca, además, que toda declaración hecha por un menor en su contra sea inadmisible si no tuviese representación legal presente.

Un menor de edad, generalmente, no cuenta con la capacidad jurídica ni el discernimiento necesario para entender las implicaciones de renunciar a sus derechos y el efecto posible de las investigaciones y procedimientos que se pueden llevar a cabo en su contra”, lee la exposición de motivos del PS 299.

La medida, aprobada en votación 24-1, incluye, además, lenguaje para asegurar que, en caso de alguna declaración de emergencia o circunstancia extraordinaria que impida la presencia física del abogado, este asista al menor mediante mecanismos electrónicos.

“Una salvedad importante en la ley vigente es que la presencia del abogado no es requerida para renunciar al derecho de asistencia de abogado”, lee el informe positivo de la Comisión de lo Jurídico, presidida por el senador novoprogresista Ángel Toledo.

“Las enmiendas propuestas establecerían que, desde el momento en que el menor reciba las advertencias Miranda (sobre sus derechos al ser detenido), hasta la culminación de la medida dispositiva, tendrá derecho a estar representado por abogado, y que ninguna declaración del menor o renuncia a sus derechos será válida sin la presencia, representación y consejo de un abogado competente”, agrega el documento.

Las advertencias Miranda son un conjunto de derechos que la Policía debe leerle a una persona bajo su custodia y a punto de ser interrogado. Informan a la persona sobre sus derechos constitucionales, específicamente, el de permanecer en silencio y tener un abogado presente durante el interrogatorio.

Tanto el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico como el Departamento de la Familia favorecieron la legislación. Coincidieron en que la etapa de desarrollo en la que se encuentran los menores no les permite comprender plenamente las consecuencias legales de sus actos o de la renuncia a sus derechos, incluso, cuando estas acciones parezcan voluntarias.

La Ley de Menores de Puerto Rico (Ley 88-1986) establece que la jurisdicción del Tribunal Superior para Asuntos de Menores será por hechos cometidos entre los 13 y antes de cumplir los 18 años. Este estatuto ha vuelto a estar en discusión pública tras el asesinato, la semana pasada, de la adolescente Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años, a manos, presuntamente, de otras menores de edad en Aibonito.

No obtienen los votos

El calendario de la Cámara alta para este lunes incluyó la discusión de otras 14 medidas, todas bajo la jurisdicción de la Comisión de lo Jurídico, que en la pasada sesión –bajo la dirección de Soto Aguilú– no atendió ninguna de las 77 medidas referidas en primera instancia para su evaluación.

De las piezas discutidas, no fue aprobado el PS 169, que buscaba establecer una “orden de protección duradera” en los casos de abuso sexual contra menores de edad; ni el PS 411, que ordenaba la participación en talleres de reeducación a las personas agresoras contra quienes se expidiera una orden de protección al amparo de la Ley 54 de Violencia Doméstica.

Tampoco recibió los 15 votos mínimos requeridos, el PS 549, para tipificar como delito la divulgación y publicación de cualquier material explícito de carácter íntimo o sexual producido por inteligencia artificial; ni el PS 550, para reconocer el derecho de las víctimas de venganza pornográfica a la indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Ambas medidas eran de la autoría de la senadora popular Ada Álvarez, al igual que el PS 169.

Los proyectos de la Cámara 15 y 98, ambos dirigidos a enmendar la Ley 54 de Violencia Doméstica, tampoco resultaron favorecidos. El primero era de la autoría del presidente cameral, Carlos “Johnny”Méndez, y, el segundo, de la representante penepé Wanda Del Valle.

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