2 de octubre de 2025 - 1:21 PM
El Tribunal de Apelaciones restituyó los cargos contra Adriana Nicole Vázquez Pérez, también conocida como “Audri Nix”, por un incidente ocurrido en Isla Verde en abril de este año.
Un panel de tres jueces emitió una sentencia para que el caso sea devuelto al Tribunal de Primera Instancia con todas las denuncias y la determinación de causa para arresto con una fianza de $70,000.
Ante la resolución del pasado 30 de septiembre, la jueza Lynnette Rivera Rodríguez, del Tribunal de Carolina, citó la vista preliminar para este jueves, pero fue pospuesta para el 8 de diciembre.
Los abogados de la defensa de Vázquez Pérez informaron que ya tenían pautados compromisos previos. Además, informaron que buscarán revertir la determinación del Tribunal de Apelaciones que restituyó a los cargos.
“Esta sentencia no es final y firme todavía. Pretendemos solicitar revisión de la misma, con el mismo mecanismo que usó el Ministerio Público, de revisión de certiorari”, indicó Francisco Borelli durante la vista.
Los cargos por daños, obstrucción a la justicia, violencia contra la autoridad pública, conducción negligente y bajo los efectos del alcohol, fueron presentados por la Fiscalía de Carolina contra Vázquez Pérez, después de que fuera arrestada el 18 de abril en Isla Verde.
Según un informe emitido por el Negociado de la Policía, Vázquez Pérez supuestamente impactó una patrulla con su vehículo de motor y, al momento de ser intervenida, agredió en el área del rostro y pecho a un agente de la Unidad Turística.
La jueza Rivera Rodríguez desestimó los cargos en junio pasado, indicando que durante la vista de radicación de cargos (Regla 6), a Vázquez Pérez no se le informaron adecuadamente los cargos en su contra y tampoco se le citó correctamente, lo cual es esencial para adelantar a las otras etapas.
Asimismo, acogió el argumento de la defensa de la exponente urbana indicando que el estado de salud en el que se encontraba la artista durante la vista de Regla 6 le impidió comprender el proceso, y que, por tanto, se le violentaron sus derechos durante el proceso.
Sin embargo, los jueces apelativos indicaron que “durante la vista de determinación de causa probable para arresto la representación legal de la parte recurrida dio por leídas todas las denuncias y las advertencias de ley, por lo que quedó debidamente notificada”.
Además, expusieron que de la grabación de la vista de radicación de cargos surge como “un hecho irrefutable que a la parte recurrida se le salvaguardó su debido proceso de ley y la determinación fue constitucionalmente válida”.
La imputada “estuvo representada por dos abogados, quienes participaron activamente de los contrainterrogatorios de los testigos del Ministerio Público y ofrecieron prueba a su favor”, apuntó la resolución del Apelativo.
La sentencia también plantea que la defensa “nunca suplicó al Tribunal que suspendiera la vista porque su representada estaba indispuesta o imposibilitada para continuar los procesos”. Asimismo, detalló que no solicitaron una reconsideración a la determinación de causa para el arresto.
Mientras, el panel de jueces también considera que el Tribunal de Primera Instancia “erró al desestimar los cargos graves” cuando “no se había celebrado la vista preliminar”, por lo que entiende que “fue prematuro”.
“Nuestro ordenamiento jurídico dispone claramente que el momento procesal oportuno para solicitar una desestimación en casos de delitos graves ocurre luego de la presentación de la acusación por tales delitos”, afirmó.
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