

24 de marzo de 2026 - 10:24 AM


La turista estadounidense convicta por un incendio en Cabo Rojo tendrá que pagar $311,096.07 en restitución por daños causados en un hotel y sus negocios a principios de 2025.
Así lo determinó la jueza Gina Méndez Miró, quien emitió una opinión en la tarde de ayer, lunes, tras meses de litigio sobre la cantidad que Danielle Bertothy tendría que pagar.
“El tribunal ordena a Danielle Bertothy a pagar una restiución por la cantidad de $311,096.07 a la víctima A.M.N.”, resolvió Méndez Miró.
Las siglas se refieren a Ángel Luis Marrero Negrón, dueño de Luichy’s Seaside Hotel, donde se registró el incendio en la madrugada del 2 de enero de 2025.
Bertothy, residente de Missouri, se declaró culpable de haber iniciado el fuego con gasolina que encontró en la casa que alquiló por unos días en Cabo Rojo, después de que fuera sacada ebria de uno de los negocios ubicados en el hotel debido a que estaba causando problemas con los empleados.
Posteriormente, fue sentenciada a cinco años de prisión y tres años de libertad supervisada.
En la orden de ayer, la jueza recordó que había determinado que pagara $25,476.20 a varias víctimas, mientras que quedó pendiente la restitución para Marrero Negrón.

Durante los pasados meses, el comerciante entregó documentos, incluyendo facturas para demostrar los gastos incurridos en la reparación.
Por su parte, la defensa de Bertothy sostuvo que esos documentos no estaban juramentados y que la cantidad debía ser menor porque Marrero Negrón había recibido donaciones a través de GoFoundMe y otros, mientras que la Fiscalía federal defendió el estimado.
Tras evaluar los argumentos, la jueza encontró que la evidencia sobre los costos era suficiente por tratarse de documentos emitidos en el “curso regular de los negocios”.

También explicó que la ley federal de restitución a víctimas obliga el pago por los daños y no dispone alguna reducción por otros ingresos de los perjudicados.
Asimismo, señaló que una decisión previa del Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston había resuelto que el tribunal no tiene que reducir la restitución debido a que “una víctima haya recibido o tiene derecho a recibir una indemnización por una pérdida, ya sea de un seguro o de cualquier otra fuente.”
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