La ley no es perfecta. No contiene una definición de información pública con el derecho de acceso en mente ni establece la aplicabilidad de la ley, escribe Jan Marco de Jesús Ubiñas
La ley no es perfecta. No contiene una definición de información pública con el derecho de acceso en mente ni establece la aplicabilidad de la ley, escribe Jan Marco de Jesús Ubiñas
La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y la Sección 4 del Artículo 2 de la Constitución de Puerto Rico prohíben la aprobación de leyes que restrinjan la libertad de expresión. Este derecho es tan importante que los tribunales lo han declarado un derecho fundamental para los sistemas de gobierno democráticos; permiten que la ciudadanía se exprese de forma libre en contra de su gobierno sin miedo o riesgo de ser censurados o encarcelados. A la misma vez, los tribunales han reconocido que existen derechos en las penumbras de los derechos enumerados en nuestras constituciones. Estos son derechos necesarios para que el derecho enumerado tenga efecto completo. ¿Cómo llegamos del derecho a la libertad de expresión al derecho al acceso a la información? Veamos una serie de aseveraciones.
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