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Hoy día los derechos que aparecen en las primeras diez enmiendas de la Constitución federal (su “Carta de Derechos”) aplican al gobierno federal. Aquellos que sean “fundamentales” aplican también a los territorios incorporados y a los estados. A los estados aplican automáticamente porque la Decimocuarta Enmienda los adoptó implícitamente. A los territorios no incorporados —como es Puerto Rico—aplican selectivamente, según el Tribunal Supremo federal vaya declarando que aplican de caso en caso, al amparo de la Cláusula Territorial.
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