

La Ley de Condominios requiere aprobar y mantener un Plan de Desastre y Emergencia. El plan debe realizarse en consulta con las entidades gubernamentales, municipales y federales que sean pertinentes para la protección de la vida y la propiedad. Además, debe ser aprobado por el Consejo de Titulares del condominio y actualizarse anualmente. La nueva Ley del 2020 requiere que el plan se prepare conforme a lo dispuesto en el International Fire Code del 2009. Entendemos pertinente aclarar cuál es el código de fuego vigente y quiénes están capacitados para preparar dicho plan aplicando el contenido de los códigos que inciden en la salud, seguridad y bienestar de los ocupantes de un condominio.
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