La Constitución de Puerto Rico, con sus defectos y virtudes, ha sido catalogada como una constitución de avanzada en términos de los derechos que garantiza, explica el abogado Jesús M. Rivera Delgado
La Constitución de Puerto Rico, con sus defectos y virtudes, ha sido catalogada como una constitución de avanzada en términos de los derechos que garantiza, explica el abogado Jesús M. Rivera Delgado
Recientemente ha sido tema de atención mediática en Puerto Rico la excarcelación de varias personas confinadas en espera de juicio mediante el recurso judicial de hábeas corpus. Se trata de confinados acusados de delitos graves que estaban en espera de juicio por no haber podido prestar fianza. En ocasiones, la cobertura mediática de esos casos ha dado la impresión de que el recurso de habeas corpusse ha utilizado para excarcelar irresponsablemente a delincuentes peligrosos. Es menester aclarar el concepto del hábeas corpus y la protección constitucional que existe en Puerto Rico, que prohíbe la detención preventiva por más de seis meses de una persona que no ha sido juzgada del delito que se le imputa. Este recurso no conlleva la exoneración de la persona del delito del cual se le acusa.
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