La Zona Marítimo-Terrestre: no es cuestión de mareas
Desde que se creó la Ley de Aguas de 1866 de España para deslindar la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT) se usa el rango de la marea, la diferencia vertical entre lo que sube y baja, u olas de tormenta. En España existen dos tipos de mareas, en cuanto a su rango se refiere. En la costa norte de España (Mar Cantábrico) la marea fluctúa entre 3 y 4 metros (descrita como marea sensible, o macro marea), mientras que en la costa del Mediterráneo español la fluctuación es de centímetros (marea no sensible, o micro marea, de acuerdo con los legisladores españoles del Siglo 19). Eso llevó a los legisladores españoles del Siglo 19 a distinguir entre su costa norte y la costa del Mediterráneo en su manera de deslindar su ZMT.
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