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La sentencia del Tribunal de Apelaciones desestimó por prematura e improcedente la demanda del Proyecto Dignidad para que se descalificara al Dr. Ricardo Rosselló. Por prematura, dice el TA, porque cuando se presentó la demanda lo que existía era una “certificación preliminar” y hacía falta que hubiera una “definitiva”. E improcedente porque quien tenía facultad en ley para demandar era cualquier otro de los candidatos a delegado y no el comisionado de Proyecto Dignidad.
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