El juez Gustavo Gelpí y el juez Juan Torruella han llegado a la misma conclusión, pero por caminos distintos. Ambas son decisiones muy bien pensadas, dice Carlos E. Ramos González
El juez Gustavo Gelpí y el juez Juan Torruella han llegado a la misma conclusión, pero por caminos distintos. Ambas son decisiones muy bien pensadas, dice Carlos E. Ramos González
El Congreso ejerce continuamente su maleable poder bajo la Cláusula Territorial. En materia de asignación de fondos federales o extensión de programas de beneficencia social, a veces ha sido perverso e insensible y otras veces ha sido igualitario con los estados que componen esa nación. En solo dos ocasiones (Califano v. Gautier-Torres de 1978 y Harris v. Rosario de 1980), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha decidido resolver controversias de similar naturaleza sobre imputaciones de trato desigual y perverso hacia Puerto Rico. Al adjudicar las mismas, ha usado un examen judicial de máxima deferencia: el llamado escrutinio racional. En el fondo, se devela un distanciamiento judicial por alejarse de la “relación única y especial” que ocupa Puerto Rico en el constitucionalismo norteamericano. El Tratado de París encargó al Congreso, y no a la rama judicial, el futuro de los derechos civiles de los habitantes de esta Isla.
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