

Desde el año 2015, el Departamento de Hacienda ha establecido la radicación electrónica compulsoria de la Planilla de Contribución sobre Ingresos para los individuos, sujeto a ciertas excepciones.
Sin embargo, de acuerdo con la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-04 emitida por Hacienda el 18 de febrero de 2020, todos los individuos estarán obligados a radicar su planilla para el año 2019 de manera electrónica, ya sea a través de un programa certificado o del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI).
Para radicar la planilla a través de SURI, deberás tener una cuenta activa en SURI. Puedes obtener información de cómo abrir una cuenta en SURI en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-12, en www.hacienda.gobierno.pr.
Para preparar y radicar electrónicamente la planilla a través de SURI, debes:
El sistema te proveerá diferentes instrucciones para completar la planilla.
Una vez sometida, el sistema te proveerá un número de confirmación.
También tienes la opción de utilizar un programa certificado por el Departamento para la preparación y radicación electrónica de la planilla (programa certificado).
Si en años anteriores has utilizado un programa certificado, puedes continuar utilizándolo este año, sujeto a que el mismo haya sido certificado para el año 2019 por el Departamento.
Obtén una lista de los programas certificados en la página de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov.
Como regla general no es requerido enviar evidencias junto con la planilla. Sin embargo, para reclamar ciertos créditos, el Departamento requiere que se adjunte cierta documentación.
En los casos en que se requiera que se envíen las evidencias correspondientes, estas deberán enviarse también de manera electrónica a través de SURI.
Si radicas la planilla a través de SURI, el mismo sistema te indicará las evidencias que deberás cargar en SURI como parte de la radicación de la planilla.
Si utilizas un programa certificado para radicar, las evidencias correspondientes deberán ser cargadas en SURI no más tarde del día después de la fecha de vencimiento para radicar la planilla, incluyendo prórroga, o el día después de haber radicado electrónicamente dicha planilla (en aquellos casos en que radicas luego de la fecha de vencimiento de la misma).
En esta última opción, las evidencias pueden ser sometidas a través de la cuenta de SURI o a través de la página principal de SURI sin necesidad de registro o iniciar una sesión bajo el enlace de “Enviar evidencia de planilla”.
Los especialistas en planillas también pueden radicar las planillas de los individuos a través de la cuenta de SURI del individuo o a través de un programa certificado.
Si la radicación se hace a través de la cuenta de SURI, el especialista deberá tener la autorización y acceso a la cuenta de SURI del individuo para radicar la planilla. El individuo también deberá completar el Modelo 2909 autorizando al especialista a radicar su planilla.
Aquellos contribuyentes que no puedan radicar la planilla de individuos correspondiente al año contributivo 2019 en la fecha límite, pueden solicitar a través de SURI una prórroga automática.
La autora es miembro del Comité de Asuntos Contributivos del Colegio de Contadores Públicos Autorizados.
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