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Laudo del Tribunal de Arbitraje Deportivo “reivindica al Copur” en caso ante la Federación Puertorriqueña de Fútbol

El licenciado Jorge Luis Marchand analizó el documento para El Nuevo Día

23 de mayo de 2024 - 7:42 PM

Iván Rivera, presidente de la Federación Puertorriqueña de Fútbol. (Carlos Giusti/Staff)

El laudo del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en francés) que decidió sobre la desafiliación de la Federación Puertorriqueña de Fútbol (FPF) del pleno del Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur) representa una victoria para el ente deportivo nacional en tanto reconoce que es un organismo autónomo que tiene derecho a poner sus reglas.

Sin embargo, la FPF también se apuntó un pequeño triunfo porque la determinación debe provocar que el Copur examine su Tribunal de Arbitraje y Apelaciones Deportivas (TAAD), ente que atiende las controversias federativas, y porque en términos de credibilidad pudieron demostrar que la FIFA no confía en el TAAD.

Así lo entiende el abogado Jorge Luis Marchand, quien atiende casos obrero patronales y ha sido juez en controversias ante el TAAD. El letrado examinó el documento emitido por el TAS a petición de El Nuevo Día para que compartiera sus impresiones sobre el fallo que el 6 de mayo de 2024 desestimó la apelación presentada por la FPF que pedía atender su desafiliación del Copur.

Del lado positivo para el Copur, el documento reafirmó todo lo que han dicho y la obligación que tienen las federaciones con relación al Comité Olímpico. Por lo tanto, en ese argumento de autonomía que decía la Federación de Fútbol no tienen razón”, dijo Marchand.

“Eso de que yo soy autónomo y hago lo que me da la gana. No. El Comité Olímpico es autónomo y ellos pueden poner sus reglas. Si quieres pertenecer a ellos, tienes que seguir sus reglas. Ese principio está reafirmado en ese laudo y es una victoria para el Comité Olímpico”, añadió.

El abogado sostuvo que el laudo contiene expresiones que invitan al Copur a reevaluar sus reglamentos y el funcionamiento del TAAD.

Sobre este particular, la presidenta del Copur, Sara Rosario, declaró el miércoles durante una rueda de prensa con periodistas que están dispuestos a revisar la manera en que el TAAD opera. Sin embargo, señaló que cuando el pasado año se enmendó la carta magna del Copur -en la que se habla del TAAD- ninguna federación trajo a colación preocupaciones.

Asimismo, sostuvo que aunque la FPF alega que el TAAD no está constituido de acuerdo a las reglas de FIFA -algo que el TAS menciona en su laudo- “yo tampoco me tengo que manejar de acuerdo a las reglas de FIFA”. Rosario añadió que la federación tampoco pudo “mostrar ninguna evidencia donde la FIFA le hubiera enviado una comunicación directa de que el TAAD no era parte de su constitución o que iba en contra de la validez de su constitución”.

“El TAAD es una institución que le ha servido muy bien al país, que ha tenido las controversias importantes del deporte por muchísimos años, y todo el mundo ha acatado las órdenes del TAAD”, expuso Rosario.

Por su parte, Marchand reiteró que “el core jurídico, obviamente perdió la federación. Que es la premisa de que estaba esta regla y tú podrás tener toda la autonomía que quieras, pero tienes que cumplir mis reglas. Eso reivindica al Copur”.

Voluntariedad: problema del TAAD

Marchand llamó la atención sobre la manera en la que trabaja el TAAD, que es con personas que trabajan de manera voluntaria y sin cobrar por sus servicios. Algo que no sucede en la FIFA, que tiene mucho dinero para pagarles a la personas para que vean sus casos.

“FIFA tiene billetes, y FIFA le puede pagar a cualquiera para que sea oficial examinador y establecer un método de elección de jueces bien objetivo porque nadie se va a negar porque me van a pagar. Cuando tienes escasos recursos o recursos limitados tienes la necesidad de que la mayoría de esa gente sea voluntaria”.

Otras observaciones

Marchand también señaló que en la primera amonestación que el Copur le dio a la FPF en el caso de la suspensión del técnico Miguel Cornejo como miembro del Comité Ejecutivo de la federación, falló en decir que de no cumplir con el mandato del TAAD, le darían sanciones más severas.

“El error que comete el Comité Olímpico es que en la primera amonestación, le tenía que decir: ‘Tienes que cumplir con lo que dijo el TAAD’, y lo que dice es que por tu incumplimiento te amonestamos y te apercibimos que si en el futuro tú haces algo, te ponemos unas sanciones más severas”, dijo Marchand.

“Para tú darle dientes, esto lo hacen los jueces, y si el juez te dice, te dicto sentencia, tienes que cumplirla, y si no la cumples te voy a dar sanciones más fuertes. En la resolución de la amonestación no lo dijeron de esa forma, aunque probablemente esa era la intención, pero no lo dijeron de esa forma en la resolución de la amonestación”.

En la desafiliación le da la razón al laudo en el sentido de que en “ningún lado en esa desafiliación se menciona que te estoy desafiliando porque me incumpliste cuatro veces con el TAAD. Eso fue un error. Porque yo hubiese puesto no como un nuevo cargo, sino te di oportunidad que cumplieras y al día de hoy tampoco has cumplido”.

Es como los jueces. La primera vez, te doy una sanción, si sigues tu incumplimiento yo aumento la fortaleza de mis sanciones que hasta que podrías terminar en desacato. Algo similar, pero el lenguaje que utilizó el Copur, por alguna razón que desconozco, no tenía ese lenguaje”, puntualizó.

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