Una vez la persona
 o entidad reciba la notificación tendrá
 45 días calendario para reclamar cualquier discrepancia con el CRIM.
Una vez la persona o entidad reciba la notificación tendrá 45 días calendario para reclamar cualquier discrepancia con el CRIM. (Jorge A. Ramírez Portela)

Si en las próximas semanas recibe una notificación del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) no la ignore, pues la agencia tributaria municipal interesa que usted se ponga al día.

Según la inteligencia que maneja el CRIM, al menos unas 240,000 propiedades inmuebles no están inscritas en Puerto Rico y, por ende, no pagan contribuciones, en caso de que aplique.

El envío de notificaciones es parte del plan de fiscalización de la agencia para mantener y fortalecer los recaudos municipales, objetivo que, a su vez, es parte de las exigencias de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), explicó el director ejecutivo del CRIM, Reinaldo Paniagua Látimer.

“Si recibe la notificación, no le haga caso omiso”, dijo Paniagua Látimer. “Antes lo que hicimos fue un programa piloto en unas áreas, ahora vamos con todo Puerto Rico”.

El envío de las 240,000 notificaciones comenzará este verano de manera escalonada, explicó Sonia Hernández, ayudante del director ejecutivo del CRIM.

Concretamente, la agencia tributaria municipal enviará las notificaciones en grupos de 10,000 para que, de esa forma, el personal del CRIM pueda atender a las personas o entidades que deben registrarse y sobre todo, aquellas que quieran objetar el análisis de la agencia.

De igual forma, la semana entrante, el CRIM comenzará una campaña educativa para que los dueños de propiedades identificadas sepan qué hacer y adónde acudir.

Sobre todo, Hernández destacó que el proceso de registro de propiedades en el CRIM no necesariamente implica que los inmuebles señalados estarán sujetos al pago de contribuciones.

“Aspiramos a que, con esto, todo el mundo entre al sistema. Esa notificación no constituye una factura”, subrayó Paniagua Látimer.

“Todo el que hoy goza de exoneración contributiva como residencias, proyectos de turismo, agrícolas, los veteranos continuarán recibiendo su exoneración”, prosiguió Paniagua Látimer.

“Lo primero que vamos a hacer es confrontar a esa entidad o persona con una foto de la propiedad, antes y después, y puede haber tres posibilidades un terreno que tributa, un terreno que no tributa, pero con una estructura que sí tributa o un terreno y estructura no tributan”, dijo Paniagua Látimer al recordar que los dueños de propiedades, sobre todo, inmuebles residenciales, cuentan con una exoneración en el pago de contribuciones sobre inmuebles.

“Ahora vamos con el registro de las propiedades, más adelante iremos con las piscinas, los muros de construcción y todo lo demás”, indicó el funcionario.

La foto catastral

Hace poco más de un año, en especial luego de que la JSF le declaró como una entidad cubierta por la ley federal Promesa en el 2019, el CRIM se dio a la tarea de depurar sus registros. Eso incluyó verificar direcciones postales, entrar en un proceso de tasación de propiedades y adquirir tecnología de geolocalización para facilitar la identificación de los inmuebles y constatar si están registrados o no.

Esa revisión también ha incluido un proceso de fotografía satelital para comprobar los cambios ocurridos –particularmente aquellos que involucran nueva construcción o expansiones en estructuras existentes- en cada rincón del territorio puertorriqueño.

Según el funcionario, las notificaciones que se enviarán parten de la radiografía satelital que se tomó para el año 2017 y esa información se ha comparado y verificado con la información más reciente que tenía el CRIM. El mapa catastral que el CRIM había utilizado hasta recientemente mostraba la situación de cada terreno, pero en el año 1998.

Ahora, gracias a inversiones en tecnología, el CRIM ya trabaja en una nueva foto catastral para registrar los cambios en las propiedades, de manera tal que la información esté lo más actualizada posible.

Según Paniagua Látimer, la foto catastral es la manera más eficiente para obtener la información de cada propiedad, pues la agencia apenas cuenta con unos 90 tasadores para inspeccionar y analizar alredededor de 1.3 millones de propiedades inmuebles en Puerto Rico.

Plazo de 45 días

De acuerdo con Paniagua Látimer, a medida que el CRIM avanzaba en su plan de rastreo de inmuebles fue necesario hacer cambios al reglamento de asuntos adjudicativos. Entre las enmiendas hechas se extendió, de 30 a 45 días calendario, el plazo que tendrá una persona o entidad para reclamar información incorrecta en la notificación que reciban acerca de su propiedad o para objetar la tasación que ha hecho la agencia.

“Hemos estado en un proceso de proveer adiestramientos a todo el personal de servicio y tasadores, haciendo talleres en las oficinas del CRIM municipales para que todo el mundo esté en la misma página”, explicó el funcionario haciendo referencia a los procedimientos que seguirá la agencia para atender a quienes reciban las notificaciones.

Según Hernández, en aquellas notificaciones donde, por ejemplo, no había nada construido para 1998 y ahora, hay una estructura, el contribuyente no tendrá mucho que objetar. Pero en otras instancias como la cabida del terreno o errores en la titularidad serán asuntos que el CRIM acogerá siempre que la persona cumpla con los documentos requeridos para cada caso.

“Ahora, cuando se cumple ese tiempo de gracia de 45 días y la persona no ha reclamado, esa notificación se convierte en una factura al cobro”, subrayó Paniagua Látimer.

De acuerdo con Paniagua Látimer, en la medida en que más propiedades se registren, ello servirá para nivelar la carga con aquellos contribuyentes que han cumplido con el CRIM.

Paniagua Látimer subrayó que la iniciativa no resultará en un aumento en las tasas contributivas. “No es lo que queremos ni es lo que se busca”, subrayó el jefe del CRIM.

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