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Avanza medida para prohibir transmisiones de vistas judiciales en etapas previas al juicio

La Cámara de Representantes aprobó la legislación que evitaría la difusión de las vistas evidenciarias, de causa para arresto y la vista preliminar

15 de octubre de 2026 - 6:16 PM

Observa el proceso judicial que se presentará en una de las salas del tribunal. (Archivo)
Durante las vistas públicas para evaluar la medida, varios gremios periodísticos alertaron que representaba una amenaza adicional a la libertad de prensa.

La propuesta para prohibir la transmisión en vivo de las vistas de causa para arresto y las vistas preliminares en los tribunales –procesos previos a la etapa del juicio– avanzó este jueves, luego que la Cámara de Representantes aprobara un proyecto de ley con ese objetivo.

Además del Proyecto de la Cámara (PC) 1211, de la autoría del representante Gabriel Rodríguez Aguiló, el cuerpo legislativo dio paso al PC 1447, que también prohibiría la transmisión de las vistas para determinar la admisibilidad de evidencia en los procesos criminales.

Rodríguez Aguiló señaló que su proyecto está dirigido a las etapas previas a que se escoja un jurado imparcial, que debe emitir su juicio exclusivamente a base de la evidencia que sea admitida por el tribunal.

“El juicio que se quiera transmitir, que se transmita en su fondo, completo, todos los detalles, toda la evidencia, los testimonios, que se discuta todo. Que, a la misma vez que el jurado que está allí sentado pasando juicio sobre la evidencia que se está presentando y las imputaciones que se hacen, nosotros, desde afuera, podamos verlo y llegar a nuestras propias conclusiones, pero ya el jurado está seleccionado”, expresó el legislador novoprogresista, quien aclaró que la medida no responde a un caso en particular.

El PC 1211, que sigue su trámite en el Senado, agregaría un inciso a la Regla 8 de las Reglas de Procedimiento Criminal para que quede “expresamente prohibida la transmisión, difusión, retransmisión o publicación en tiempo real, por cualquier medio de comunicación, plataforma digital, red social o cualquier otro mecanismo tecnológico, del contenido de las vistas de determinación de causa para arresto”.

Actualmente, las transmisiones en las salas judiciales requieren la autorización del Tribunal Supremo. La prensa también requiere dicha autorización para tener acceso a los procedimientos con cámaras.

Durante la discusión en la sesión, el representante Héctor Ferrer Santiago, portavoz del Partido Popular Democrático (PPD), propuso una enmienda para que se excluyeran de la prohibición los casos en los que las personas sean imputadas por delitos de corrupción.

Pese a que recibió el apoyo de sus compañeros del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y del Proyecto Dignidad, la mayoría del Partido Nuevo Progresista (PNP) derrotó la enmienda.

“Hoy derrotan una enmienda para exigirles a aquellos que le fallan al país, aquellos que se roban el dinero público (que) enfrenten las consecuencias verdaderas de faltarle el respeto al país, cuando nunca lo tuvieron en consideración. Para que el país, desde un principio de la etapa criminal, conociera lo que estaba pasando, conociera cuál era la evidencia que tenía el gobierno”, expuso Ferrer Santiago, quien señaló que las transmisiones también funcionaban para evidenciar que la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (FEI) “fabriaca casos” y “no sabía presentar evidencia”.

El representante José “Che” Pérez Cordero, coautor del PC 1211 y presidente de la Comisión de lo Jurídico, tachó el tono político que tomó la discusión legislativa de “oportunista”, y aclaró que la medida realmente busca salvaguardar las garantías constitucionales a un juicio justo y a la presunción de inocencia.

“Tomando en cuenta lo que sucede cuando hay una exposición excesiva, precisamente en aras de proteger el proceso y velar que los culpables cumplan y sean procesados, es por eso que tenemos que atenderlo de esta manera y aplicar la misma vara para todo el mundo”, expresó Pérez Cordero.

El portavoz del PIP, el representante Denis Márquez Lebrón, respaldó la medida, porque entiende que representa una protección a que los imputados no sean prejuzgados antes de llegar a juicio.

“Cuando llegue ese proceso judicial, esos 12 ciudadanos que están ahí, que tienen en sus manos, en múltiples ocasiones, la libertad de una persona, que van a decidir si una persona va a ser separada de la sociedad, lo hagan o intenten hacerlo con los mínimos prejuicios, con los mínimos contratiempos, con las mínimas influencias, con la mínima información sobre las personas o los procesos anteriores”, estableció.

Durante las vistas públicas para evaluar la medida, varios gremios periodísticos alertaron que la pieza representaba una amenaza adicional a la libertad de prensa. No obstante, Márquez Lebrón, Rodríguez Aguiló y Pérez Cordero aseguraron que no busca limitar el ejercicio periodístico y reiteraron que los periodistas, como cualquier ciudadano, podrían ir a los tribunales y presenciar los procesos para continuar la cobertura.

La Cámara también dio paso este jueves a otros proyectos, incluido el PC 994, del representante Jorge Navarro Suárez, que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de que el Tribunal pueda, a discreción, ordenar como parte de la sentencia, en la primera convicción por guiar en estado de embriaguez, “la instalación de un dispositivo de interbloqueo de la ignición en todo vehículo de motor que conduzca la persona, como condición para la restitución restringida de la licencia o privilegio de conducir, por un término no menor” de 180 días”.

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