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Cualquier persona que haya atravesado algún incidente de violencia doméstica -es decir, una agresión verbal, sexual o física de una pareja, expareja o con quien haya procreado hijos- puede solicitar una orden de protección por Ley 54.
Cualquier persona que haya atravesado algún incidente de violencia doméstica -es decir, una agresión verbal, sexual o física de una pareja, expareja o con quien haya procreado hijos- puede solicitar una orden de protección por Ley 54. (Shutterstock)

Aunque algunas personas pueden pensar que las órdenes de protección son sólo un papel y que no funcionan como un mecanismo para prevenir incidentes de violencia de género, para la intercesora legal Ángela Jiménez Hernández, quien diariamente asesora y acompaña a sobrevivientes de violencia doméstica en procesos civiles y criminales contra los victimarios, “una orden de protección es el instrumento más poderoso que tiene una víctima sobre su agresor”.

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