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Defensa de hombre de 91 años acusado por Ley 54 solicita que se le remueva la supervisión electrónica

Pedro González De León, quien sufrió una laceración en el pie donde mantiene el grillete, enfrentará juicio por jurado

22 de enero de 2026 - 11:47 AM

Foto de archivo de Pedro González De León, tras la celebración de la vista preliminar en el caso en su contra, el pasado 23 de diciembre. (Adriana Díaz)

Arecibo - La defensa de Pedro González De León, el hombre de 91 años que enfrentará juicio por supuestamente amenazar a su expareja de 79, solicitó este jueves al juez Vidal Vélez Díaz, del Tribunal de Arecibo, que permita remover el grillete al acusado, luego que sufriera un percance de salud en la pierna donde mantiene la supervisión electrónica.

“La preocupación principal nuestra, más allá de lo legal, es la situación de lo que es el bienestar de un adulto mayor que no se puede valer por sí mismo y que está sujeto a supervisión electrónica”, indicó el licenciado Pedro Berríos, representante legal de González De León. “Él aumentó un poco de peso y empezó a lacerársele el pie donde tiene la supervisión electrónica. De manera inmediata, se activaron protocolos y su médico clínicamente certificó que tenía un problema ahí que le está afectando su calidad de vida y recomendó que se mantuviera un protocolo clínico de movérselo de pie cada cierto tiempo”.

Berríos reconoció que se tratará de una decisión “difícil para el tribunal”, pues la imposición de supervisión electrónica es obligatoria como condición de fianza en aquellos casos en que se encuentre causa probable para arresto por la Ley 54 de Violencia Doméstica.

“Aunque legalmente él se supone que esté con un grillete, tenemos unas leyes supremas, que son la Constitución de los Estados Unidos y la de Puerto Rico; hay leyes federales que protegen a las personas de edad avanzada y también está la Carta de Derechos de Personas de Edad Avanzada, que en ningún sitio dice que solamente aplica a personas que no estén acusadas de delito, porque se presume inocente todo ciudadano”, añadió, al opinar que el juez podría, si es su prerrogativa, “interpretar la Constitución para que suspenda el efecto de la ley”.

Este jueves, se celebró la vista de lectura de acusación en la sala 201 del Tribunal de Arecibo, en la cual González De León hizo alegación de no culpable. La defensa solicitó que el juicio sea por jurado.

Según las autoridades, los hechos se registraron el 10 y 11 de diciembre, cuando la víctima denunció que González De León supuestamente le provocó una caída, la amenazó de muerte y la ofendió con palabras soeces.

El 23 de diciembre, la jueza Leyla Graulau Igartúa encontró causa por el Artículo 3.3 bajo la Ley 54, pero desestimó el Artículo 3.1 de maltrato.

Contra González de León –quien estuvo acompañado en sala por su hijo, Pedro González Méndez– se mantiene en vigor una orden de protección ex parte. Vélez Díaz le recordó al acusado que no puede acercarse o tener contacto con la víctima.

“(González De León) es una persona que no puede guiar, que no puede valerse por sí mismo, que cuando llaman el caso usted puede ver que se tarda tal vez un minuto y medio en lo que camina del banquillo, no puede operar un teléfono celular. Así que, cuando se hacen leyes, se hacen a veces quitándole la discreción ante nuestros señores jueces y juezas, que son los que tienen ante sí circunstancias humanas de los casos, y por eso es que es importante que sepamos que las leyes están para promover el bienestar, no para complicarlo y afectar la calidad de vida, particularmente a gente con escasos recursos económicos”, prosiguió Berríos.

El nonagenario continúa pernoctando en un centro de cuido, pues no puede regresar a la casa en la que ahora vive su exesposa, quien recientemente regresó de Estados Unidos.

Mientras, Berríos confirmó que la orden de protección que pesaba contra González Méndez por parte de su madre –de quien también es la persona responsable– fue archivada. Añadió que la defensa llamará como testigo a González Méndez.

“Al presente, no hay ninguna restricción para que el cuidador de don Pedro tenga comunicación con la otra parte, porque él es el principal responsable legal de ambos, aunque la señora se vale por sí misma y ella determina qué cosas coordina con su hijo o con terceras personas, y esa es su prerrogativa. Pero, en este momento, no ha habido problemas de un tiempo para acá. En algún momento, hubo complicación para poder conseguir los medicamentos, porque estaba vigente esa orden de protección y él no tenía manera de hacer nada para que ella supiera el efecto que había tenido el haber solicitado esa orden de protección”, precisó.

El juicio está pautado para iniciar el 5 de febrero, a las 9:00 a.m., en el Tribunal de Arecibo.

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